IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-14063)
MADRID
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 18003
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
14063
MADRID
Edicto
Doña Eugenia López-Jacoiste, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 18 de Madrid,
Hace saber:
1.-Que en el Concurso Abreviado 37/2021, con Número de Identificación
General del procedimiento 28.079.00.2-2021/0027838, por auto de fecha 10/03/
2021, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el
procedimiento abreviado, a la mercantil EXTERNAL CREW, S.L., con CIF número
B-88221551 y domiciliado en Plaza José Moreno Villa, n.º 2, 1.º C, 28008 Madrid.
2.-Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y
disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración Concursal.
3.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la
Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos
expresados en el TRLC por correo ordinario o en cualquiera de los medios
admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija
directamente al Juzgado, en el domicilio de la Administración Concursal que es el
siguiente:
Eloy Rodríguez Esmerats.
Despacho profesional: C/ Hermosilla, n.º 48, 1.º dcha. 28001 Madrid.
Teléfono: 912906973, 617088120.
Email: eloy@syrlegal.com
4.-El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última
publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del
Estado.
5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo
deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la
legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.
7.-Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso a
petición del deudor acordándose la suspensión de las facultades de administración
y disposición del concursado sobre el patrimonio.
Madrid, 16 de marzo de 2021.- Letrada de Administración de Justicia, María
Eugenia López-Jacoiste Rico.
ID: A210016933-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-14063
Verificable en https://www.boe.es
6.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se
publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es
www.publicidadconcursal.es
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 18003
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
14063
MADRID
Edicto
Doña Eugenia López-Jacoiste, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 18 de Madrid,
Hace saber:
1.-Que en el Concurso Abreviado 37/2021, con Número de Identificación
General del procedimiento 28.079.00.2-2021/0027838, por auto de fecha 10/03/
2021, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el
procedimiento abreviado, a la mercantil EXTERNAL CREW, S.L., con CIF número
B-88221551 y domiciliado en Plaza José Moreno Villa, n.º 2, 1.º C, 28008 Madrid.
2.-Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y
disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración Concursal.
3.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la
Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos
expresados en el TRLC por correo ordinario o en cualquiera de los medios
admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija
directamente al Juzgado, en el domicilio de la Administración Concursal que es el
siguiente:
Eloy Rodríguez Esmerats.
Despacho profesional: C/ Hermosilla, n.º 48, 1.º dcha. 28001 Madrid.
Teléfono: 912906973, 617088120.
Email: eloy@syrlegal.com
4.-El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última
publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del
Estado.
5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo
deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la
legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.
7.-Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso a
petición del deudor acordándose la suspensión de las facultades de administración
y disposición del concursado sobre el patrimonio.
Madrid, 16 de marzo de 2021.- Letrada de Administración de Justicia, María
Eugenia López-Jacoiste Rico.
ID: A210016933-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-14063
Verificable en https://www.boe.es
6.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se
publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es
www.publicidadconcursal.es