III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector gasista. (BOE-A-2021-4487)
Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se determina el incentivo a la reducción de las mermas de transporte correspondientes al año 2017.
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en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común

de las Administraciones
Públicas,
podráque
interponerse
de alzada ante
titular con
de la
Contra la presente
resolución,
no pone finrecurso
a la vía administrativa
deel
acuerdo
lo dispues

Secretaría en
de el
Estado
de 112
Energía,
plazo de de
un 1mes
a contar del
desde
el día siguiente
al de la
artículo
de la en
Leyel39/2015,
de octubre,
Procedimiento
Administrativo
Comú

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

notificación/publicación
de la presente
resolución.
Transcurrido
dicho de
plazo
sin ante
haberse
de las Administraciones
Públicas,
podrá interponerse
recurso
alzada
el titular de
el recurso,de
la Estado
resolución
será
todos
losde
efectos.
el cómputo
de
losPág.
plazos
de Energía,
ena el
plazo
un mesPara
a contar
desde
elIII.día
siguiente
Núm. 69 interpuestoSecretaría
Lunes
22 firme
de marzo
de 2021
Sec.
32668 al de

por meses notificación/publicación
habrá de estarse a lo dispuesto
en el artículo
30 de laTranscurrido
citada Ley 39/2015,
de 1 de
de la presente
resolución.
dicho plazo
sin habers

octubre. Esta
interpuesto
recurso,
la resolución
firme
a todos
los efectos.
el cómputo de los plazo
cantidad el
será
declarada
por BBGserá
como
gasto
liquidable
en la Para
primera

liquidación disponible. BBG deberá reintegrar dicha cantidad a los usuarios a los que se
por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 d
retuvo las citadas mermas en un plazo no superior a 20 días naturales desde que la
Comisión
Nacionalde
de2021.-El
los Mercados
y la Competencia
apruebe Energética
la liquidación.
Madrid,
11 octubre.
de febrero
Director
General de Política
y Minas, Manuel García
Sexto. La presente resolución surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el
Hernández.
«Boletín Oficial del Estado».

Madrid,
11 de febrero
de 2021.-El
Director
General
de PolíticadeEnergética
y Minas, Manuel Garc
Contra
la presente
resolución,
que no pone
fin a la
vía administrativa
acuerdo con
lo dispuesto
en
el
artículo
112
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
octubre,
del
Procedimiento
Hernández.
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
ANEXO
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado
de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la notificación/publicación de la presente resolución.
Incentivo a la reducción de mermas en la red de transporte año 2017
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por
meses habrá de estarse a lo
ANEXO
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Incentivo a la reducción de mermas en la red de transporte año 2017

Madrid, 11 de febrero de 2021.–El Director General de Política Energética y Minas,
1. Volumen
de mermas
retenidas.
Manuel García
Hernández.
ANEXO

1. Volumen de mermas retenidas.

Incentivo a la reducción de mermas en la red de transporte año 2017

Mermas retenidas a repartir (0,2% de
1. Volumen
mermas
retenidas.
entradas de
globales
al sistema)

745.070.189

Mermas retenidas a repartir (0,2% de
entradas globales al sistema)

745.070.189

2. Reparto de las mermas retenidas.
2.

Reparto de las mermas retenidas.
Total Entradas al
2. Reparto de las mermas retenidas.

Mermas retenidas
Porcentaje reparto
asignadas al
conjunto redes
[%]
operador
operador
Enagas Transporte, S.A.U.
351.246.493.731
67,81%
505.225.098
retenidas
TotalDEMOGRÁFICO–
Entradas al
CUARTILLAS PARA Mermas
EL
MINISTERIO
LA TRANSICIÓN
ECOLÓGICA51.455.116.944
Y EL RETO
EnagasPARA
Transporte
del Norte, S.A.U.
9,93%
74.011.889
Porcentaje
reparto
Pág..2....
BOLETIN OFICIAL asignadas
al
kWh
conjunto redes
Gas Natural Transporte SDG, S.L.
69.678.472.621
13,45% [%] 100.223.956
operador
operador
Redexis Gas, S.A.
12.207.398.783
2,36%
17.558.849
Enagas
Transporte,S.L.
S.A.U.
67,81%
(Escríbase
a dos 351.246.493.731
espacios)
Gas Extremadura
Transportista,
1.733.411.501
0,33%
2.493.300 505.225.098
Enagas Transporte del Norte, S.A.U.
51.455.116.944
9,93%
28.964.727 74.011.889
Planta de Regasificación de Sagunto, S.A.
20.137.081.205
3,89%
Gas Natural Transporte SDG, S.L.
69.678.472.621
13,45%
100.223.956
Regasificadora del Noroeste, S.A.
11.535.474.674
2,23%
16.592.369
Redexis Gas, S.A.
12.207.398.783
2,36%
17.558.849
TOTAL
517.993.449.459
100,00%
745.070.189
Gas Extremadura Transportista, S.L.
1.733.411.501
0,33%
2.493.300
3. Saldo de mermas
reales y mermas retenidas. 20.137.081.205
28.964.727
Planta de Regasificación de Sagunto, S.A.
3,89%
3. Saldo
de mermas
y mermas
retenidas.
Regasificadora
delreales
Noroeste,
S.A.
11.535.474.674
2,23%
16.592.369
TOTAL
517.993.449.459
100,00%
745.070.189
kWh

4. Valoración de los saldos de mermas año 2017.

6

cve: BOE-A-2021-4487
Verificable en https://www.boe.es

(NO ESCRIBIR
AL DORSO) Mermas reales
Mermas retenidas
A4 (210 x 297 mm.) U.N.E. (Entradas-salidasSaldo mermas
kWh
asignadas al
var.existencias- (reales-retenidas)
operador
autoconsumos)
(NO ESCRIBIR AL DORSO)
Enagas Transporte, S.A.U.
505.225.098
294.621.177
A4 (210 x 297 mm.)799.846.275
U.N.E.
Enagas Transporte del Norte, S.A.U.
74.011.889
5.860.896
-68.150.993
Gas Natural Transporte SDG, S.L.
100.223.956
146.075.645
45.851.689
Redexis Gas, S.A.
17.558.849
-54.586.441
-72.145.290
Gas Extremadura Transportista, S.L.
2.493.300
-7.463.861
-9.957.161
Planta de Regasificación de Sagunto, S.A.
28.964.727
-28.454.637
-57.419.364
Regasificadora del Noroeste, S.A.
16.592.369
13.879.958
-2.712.411
TOTAL
745.070.189
875.157.835
130.087.646