II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-4350)
Resolución de 2 de febrero de 2021, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca la provisión, mediante concurso-oposición, de plazas de Técnico de Comunicación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 19 de marzo de 2021

Sec. II.B. Pág. 31835

Los interesados afectados por el tratamiento de datos son principalmente aspirantes
en procesos selectivos y personal propio de la UPNA. Los datos objeto de tratamiento
son nombre, apellidos, DNI, datos académicos y profesionales así como eventualmente
datos bancarios y de seguridad social o cualesquiera otros precisos para la siguiente
finalidad.
La finalidad que justifica el tratamiento de datos es la tramitación de procedimientos
selectivos, de movilidad, situaciones administrativas, certificaciones u otros relativos a la
competencia de la UPNA en materia de Recursos Humanos.
Dicha finalidad constituye una legitimación de interés público o poder público, como
establece el artículo 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos. Sus bases
jurídicas son, entre otra normativa de personal, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, y, en su caso, el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto,
por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las
Administraciones Públicas de Navarra.
Los derechos de los interesados sobre acceso, rectificación, supresión, limitación,
oposición y portabilidad, relativos a las correspondientes actividades de tratamiento,
podrán ejercerse ante delegado.protecciondatos@unavarra.es según los artículos 11
a 18 de la LOPD. En caso de insatisfacción, podrán acudir a la Agencia Española de
Protección de Datos accesible desde el dominio https://www.aepd.es/
14.

Recursos

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse
recurso de alzada ante el Rector, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
al de la publicación o notificación del acto recurrido.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas
que no emanen del Tribunal calificador podrá interponerse, de conformidad con lo
dispuesto en la normativa vigente, uno de los siguientes recursos:
a) Recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto recurrido.
b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.
ANEXO I
Temario
Primera parte.

Temas generales

Tema 1. La Universidad como servicio público. La Ley Orgánica de Universidades.
La autonomía universitaria y sus límites. Régimen económico y financiero de las
universidades públicas.
Tema 2. Estatutos de la Universidad Pública de Navarra. Contenido y estructura. Su
reforma. El Defensor del Universitario.
Tema 3. Universidad Pública de Navarra. Personal docente e investigador: clases y
régimen jurídico. Directrices para la ordenación de la plantilla. Evaluación del
profesorado universitario. Relación de Puestos de Trabajo. Cuerpos docentes
universitarios: su régimen jurídico (acceso, situaciones administrativas, dedicación y
retribuciones). La provisión de plazas de los cuerpos docentes.
Tema 4. Universidad Pública de Navarra. Personal de Administración y Servicios.
Régimen jurídico y clases. El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones
Públicas de Navarra: selección del personal funcionario; adquisición y pérdida de la
condición de funcionario; niveles y grados; plantillas orgánicas y relaciones de

cve: BOE-A-2021-4350
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Núm. 67