III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-4360)
Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones para la campaña atún rojo 2021 para la flota de la lista g), de artes menores del Mediterráneo, del censo específico de la flota autorizada para el ejercicio de la pesca del atún rojo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Viernes 19 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 31898
En el supuesto de sobrepasamientos de los buques de alguno de los grupos
autorizados conforme al apartado tercero punto 3 o recogidos en una gestión conjunta
autorizada la deducción de 2022 se hará de forma proporcional a la captura realizada por
cada uno de ellos en 2021.
Séptimo.
La Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura dictará, antes del
comienzo de la campaña, instrucciones para el correcto desarrollo de la misma, que
incluirán entre otras, los mecanismos para el correcto control y seguimiento de las
capturas y los puertos designados para el desembarque.
Octavo.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un
mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2021-4360
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de marzo de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz
Iglesias.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 67
Viernes 19 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 31898
En el supuesto de sobrepasamientos de los buques de alguno de los grupos
autorizados conforme al apartado tercero punto 3 o recogidos en una gestión conjunta
autorizada la deducción de 2022 se hará de forma proporcional a la captura realizada por
cada uno de ellos en 2021.
Séptimo.
La Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura dictará, antes del
comienzo de la campaña, instrucciones para el correcto desarrollo de la misma, que
incluirán entre otras, los mecanismos para el correcto control y seguimiento de las
capturas y los puertos designados para el desembarque.
Octavo.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un
mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2021-4360
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de marzo de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz
Iglesias.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X