III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-4293)
Resolución de 15 de febrero de 2021, de Puertos del Estado, por la que se publica la Adenda al Convenio regulador de las aportaciones financieras de la Autoridad Portuaria de Valencia con cargo al Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, en relación con su contribución a actuaciones de mejora en la línea Sagunto-Teruel-Zaragoza.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Jueves 18 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 31414
domiciliado en Madrid, Campo de las Naciones, Avenida del Partenón, 10 (CP 28042),
con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como plena capacidad de obrar,
regulado por el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
(en adelante TRLPEMM), aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre.
Y, de otra parte:
Don Aurelio Martínez Estévez comparece en su nombre y en representación de la
Autoridad Portuaria de Valencia, en su condición de Presidente, nombramiento otorgado
por Decreto 124/2015, de fecha 31 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana
(DOCV núm. 7.585, de 4 de agosto de 2015), y publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» de 14 de agosto de 2015 (Orden FOM/1713/2015, de 3 de agosto). La Autoridad
Portuaria de Valencia es un organismo público, con CIF Q4667047G, domiciliado en
Valencia, Muelle del Turia, s/n, con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como
plena capacidad de obrar, regulado por el Texto Refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante (en adelante TRLPEMM), aprobado mediante Real
Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir la presente
Adenda modificativa y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 19 de junio de 2017 se firmó el Convenio, del cual el presente
documento constituye una modificación al mismo, cuyo objeto consiste en regular las
condiciones de financiación por parte de la Autoridad Portuaria de Valencia de la
actuación denominada «Contribución a actuaciones de mejora en la línea SaguntoTeruel-Zaragoza». En dicho Convenio se estableció como límite máximo de financiación
de la Autoridad Portuaria de Valencia a esta actuación una cantidad de 13,6 millones de
euros, habiendo quedado recogida esta cantidad en el presupuesto asociado al Fondo
Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, aprobado por unanimidad por el Comité
del Fondo de Compensación Interportuario.
Que, con posterioridad a la firma del Convenio y avanzada la redacción de los
proyectos relacionados con la actuación objeto del mismo, en su reunión de 28 de mayo
de 2019, la Comisión de Seguimiento del Convenio acordó proponer una elevación del
límite total de contribución financiera de la Autoridad Portuaria de Valencia hasta los 20,6
millones de euros. Esta elevación se plantea tras la identificación y selección definitiva
de actuaciones por parte de la Comisión de Seguimiento del Convenio, tal y como prevé
su cláusula séptima, y el conocimiento de los presupuestos detallados de los proyectos,
que se incrementan respecto de lo previsto inicialmente.
La elevación de la contribución financiera de la Autoridad Portuaria de Valencia hasta
los 20,6 millones de euros ha sido aprobada por unanimidad, a efectos presupuestarios,
por el Comité del Fondo de Compensación Interportuario, en su última reunión celebrada
en septiembre de 2019, incluyendo la nueva programación de anualidades vigente.
Tercero.
Considerando las Partes urgente ejecutar las obras objeto del Convenio con arreglo
a las nuevas condiciones financieras citadas, por cuanto la puesta en servicio de estos 7
cve: BOE-A-2021-4293
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 66
Jueves 18 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 31414
domiciliado en Madrid, Campo de las Naciones, Avenida del Partenón, 10 (CP 28042),
con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como plena capacidad de obrar,
regulado por el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
(en adelante TRLPEMM), aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre.
Y, de otra parte:
Don Aurelio Martínez Estévez comparece en su nombre y en representación de la
Autoridad Portuaria de Valencia, en su condición de Presidente, nombramiento otorgado
por Decreto 124/2015, de fecha 31 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana
(DOCV núm. 7.585, de 4 de agosto de 2015), y publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» de 14 de agosto de 2015 (Orden FOM/1713/2015, de 3 de agosto). La Autoridad
Portuaria de Valencia es un organismo público, con CIF Q4667047G, domiciliado en
Valencia, Muelle del Turia, s/n, con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como
plena capacidad de obrar, regulado por el Texto Refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante (en adelante TRLPEMM), aprobado mediante Real
Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir la presente
Adenda modificativa y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 19 de junio de 2017 se firmó el Convenio, del cual el presente
documento constituye una modificación al mismo, cuyo objeto consiste en regular las
condiciones de financiación por parte de la Autoridad Portuaria de Valencia de la
actuación denominada «Contribución a actuaciones de mejora en la línea SaguntoTeruel-Zaragoza». En dicho Convenio se estableció como límite máximo de financiación
de la Autoridad Portuaria de Valencia a esta actuación una cantidad de 13,6 millones de
euros, habiendo quedado recogida esta cantidad en el presupuesto asociado al Fondo
Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, aprobado por unanimidad por el Comité
del Fondo de Compensación Interportuario.
Que, con posterioridad a la firma del Convenio y avanzada la redacción de los
proyectos relacionados con la actuación objeto del mismo, en su reunión de 28 de mayo
de 2019, la Comisión de Seguimiento del Convenio acordó proponer una elevación del
límite total de contribución financiera de la Autoridad Portuaria de Valencia hasta los 20,6
millones de euros. Esta elevación se plantea tras la identificación y selección definitiva
de actuaciones por parte de la Comisión de Seguimiento del Convenio, tal y como prevé
su cláusula séptima, y el conocimiento de los presupuestos detallados de los proyectos,
que se incrementan respecto de lo previsto inicialmente.
La elevación de la contribución financiera de la Autoridad Portuaria de Valencia hasta
los 20,6 millones de euros ha sido aprobada por unanimidad, a efectos presupuestarios,
por el Comité del Fondo de Compensación Interportuario, en su última reunión celebrada
en septiembre de 2019, incluyendo la nueva programación de anualidades vigente.
Tercero.
Considerando las Partes urgente ejecutar las obras objeto del Convenio con arreglo
a las nuevas condiciones financieras citadas, por cuanto la puesta en servicio de estos 7
cve: BOE-A-2021-4293
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.