II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Escala de Técnicos Superiores Especializados de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2021-4271)
Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnicos Superiores Especializados de los Organismos Públicos de Investigación, convocado por Resolución de 16 de diciembre de 2020.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 31379
España. No acreditar documentalmente inclusión en tratados internacionales de libre
circulación de trabajadores.
4: No cumplir con requisito de edad.
5: No presentar el titulo de doctor/ no presentar certificado de equivalencia o
credencial de homologación del titulo de Doctor (titulaciones en el extranjero).
6: No poseer o indicar la titulación exigida en la convocatoria.
7: No aportar USB Con el curriculum vitae o el USB está dañado/ es ilegible. (Motivo
insubsanable).
8: No aportar resumen con los objetivos científicos y líneas fundamentales de
investigación del solicitante o el USB está dañado/ es ilegible. (Motivo insubsanable).
9: No aportar el resumen de las aportaciones científico-técnicas más relevantes de la
carrera profesional del solicitante o el USB está dañado/ es ilegible. (Motivo
insubsanable).
10: No aportar 5 ejemplares con las aportaciones científico-técnicas más relevantes
de la carrera profesional del solicitante o el USB está dañado/ es ilegible. (Motivo
insubsanable).
11: No presentar acreditación documental del desarrollo de labores investigación en
instituciones públicas o privadas un mínimo de 9 años (profesores investigación) – 6
años (investigadores científicos) o el USB está dañado/ es ilegible. (motivo
insubsanable).
12: No abonar los derechos de examen, no presentar documentación acreditativa del
abono de la tasa de inscripción (comprobante bancario de ingreso o transferencia
internacional), o hacerlo en cuantía inferior a la establecida.
13: No presentar certificado del servicio público de empleo expedido en plazo de
presentación de solicitudes o presentar uno que no cumple con los requisitos para la
exención del pago de la tasa (antigüedad mínima y no rechazos).
14: No presentar certificación de la declaración de IRPF del solicitante
correspondiente al último ejercicio y, en su caso, certificado de nivel de renta para
justificar exención de tasa de derechos de examen para los demandantes de empleo o la
presentada no cumple con los requisitos para la exención del pago de la tasa.
15: No presentar, para justificar exención de tasa de derechos de examen, certificado
acreditativo de discapacidad cuando ésta no haya sido reconocida por las CCAA.
16: No acreditar documentalmente los solicitantes miembros de familia numerosa
especial la exención de la tasa de examen. No acreditar documentalmente los
solicitantes miembros de familia numerosa general el pago de tasa de examen reducida.
17: No acreditar documentalmente la condición de Víctima de Terrorismo para
justificar la exención de la tasa de examen.
18: Concurrir a más de un perfil, programa o ámbito geográfico, presentar más de
una solicitud, no reflejar perfil, programa o ámbito geográfico en la solicitud. (Motivo
insubsanable).
19: El perfil, programa o ámbito geográfico indicado no se encuentra entre los que se
relacionan en la convocatoria.
20: No indica correctamente idioma.
21: No pertenecer a ningún cuerpo/escala de la Administración General del Estado.
(Promoción interna).
22: No haber prestado dos años de servicios efectivos como funcionario de carrera
en el subgrupo anterior. (Promoción interna).
23: No presenta certificación de homologación. (Funcionarios de Organismos
Internacionales).
24: Pertenecer como funcionario de carrera a la misma escala que se presenta.
25: Otros motivos. (No cumple con los requisitos para la exención del pago de la
tasa: Nivel de renta superior al SMI anual).
cve: BOE-A-2021-4271
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 66
Jueves 18 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 31379
España. No acreditar documentalmente inclusión en tratados internacionales de libre
circulación de trabajadores.
4: No cumplir con requisito de edad.
5: No presentar el titulo de doctor/ no presentar certificado de equivalencia o
credencial de homologación del titulo de Doctor (titulaciones en el extranjero).
6: No poseer o indicar la titulación exigida en la convocatoria.
7: No aportar USB Con el curriculum vitae o el USB está dañado/ es ilegible. (Motivo
insubsanable).
8: No aportar resumen con los objetivos científicos y líneas fundamentales de
investigación del solicitante o el USB está dañado/ es ilegible. (Motivo insubsanable).
9: No aportar el resumen de las aportaciones científico-técnicas más relevantes de la
carrera profesional del solicitante o el USB está dañado/ es ilegible. (Motivo
insubsanable).
10: No aportar 5 ejemplares con las aportaciones científico-técnicas más relevantes
de la carrera profesional del solicitante o el USB está dañado/ es ilegible. (Motivo
insubsanable).
11: No presentar acreditación documental del desarrollo de labores investigación en
instituciones públicas o privadas un mínimo de 9 años (profesores investigación) – 6
años (investigadores científicos) o el USB está dañado/ es ilegible. (motivo
insubsanable).
12: No abonar los derechos de examen, no presentar documentación acreditativa del
abono de la tasa de inscripción (comprobante bancario de ingreso o transferencia
internacional), o hacerlo en cuantía inferior a la establecida.
13: No presentar certificado del servicio público de empleo expedido en plazo de
presentación de solicitudes o presentar uno que no cumple con los requisitos para la
exención del pago de la tasa (antigüedad mínima y no rechazos).
14: No presentar certificación de la declaración de IRPF del solicitante
correspondiente al último ejercicio y, en su caso, certificado de nivel de renta para
justificar exención de tasa de derechos de examen para los demandantes de empleo o la
presentada no cumple con los requisitos para la exención del pago de la tasa.
15: No presentar, para justificar exención de tasa de derechos de examen, certificado
acreditativo de discapacidad cuando ésta no haya sido reconocida por las CCAA.
16: No acreditar documentalmente los solicitantes miembros de familia numerosa
especial la exención de la tasa de examen. No acreditar documentalmente los
solicitantes miembros de familia numerosa general el pago de tasa de examen reducida.
17: No acreditar documentalmente la condición de Víctima de Terrorismo para
justificar la exención de la tasa de examen.
18: Concurrir a más de un perfil, programa o ámbito geográfico, presentar más de
una solicitud, no reflejar perfil, programa o ámbito geográfico en la solicitud. (Motivo
insubsanable).
19: El perfil, programa o ámbito geográfico indicado no se encuentra entre los que se
relacionan en la convocatoria.
20: No indica correctamente idioma.
21: No pertenecer a ningún cuerpo/escala de la Administración General del Estado.
(Promoción interna).
22: No haber prestado dos años de servicios efectivos como funcionario de carrera
en el subgrupo anterior. (Promoción interna).
23: No presenta certificación de homologación. (Funcionarios de Organismos
Internacionales).
24: Pertenecer como funcionario de carrera a la misma escala que se presenta.
25: Otros motivos. (No cumple con los requisitos para la exención del pago de la
tasa: Nivel de renta superior al SMI anual).
cve: BOE-A-2021-4271
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 66