III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2021-4302)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, sobre la adhesión al uso de la aplicación "Radar COVID".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Jueves 18 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 31507

Radar COVID detecta la intensidad de señales Bluetooth intercambiadas entre
dispositivos que tienen esta aplicación activa, mediante el empleo de identificadores
aleatorios efímeros, que no guardan relación con la identidad del teléfono móvil
empleado o el Usuario. El dispositivo de cada Usuario descarga periódicamente las
claves Bluetooth de todos los Usuarios de la aplicación que hayan informado a través de
la misma que se les ha diagnosticado COVID-19 (previa acreditación de las autoridades
sanitarias), procediendo a determinar si el Usuario ha establecido contacto de riesgo con
alguno de ellos, verificado por las señales Bluetooth intercambiadas. Si es el caso, la
aplicación le notifica este hecho, a fin de que pueda para tomar medidas, y contribuir de
este modo a evitar que el virus se propague.
Radar COVID en su arquitectura emplea el Sistema de Notificación de Exposiciones
(SNE) proporcionado por Apple y Google, y desarrollado a partir del Protocolo de DP-3T
de rastreo de proximidad descentralizado para preservar la privacidad.
2.

Uso de Radar COVID.

Para la utilización de los servicios de Radar COVID, es requisito necesario que el
Usuario autorice la activación del sistema de comunicaciones Bluetooth de baja energía
(BLE, Bluetooth Low Energy) por parte de la Aplicación, tras la descarga de la misma.
Como Usuario aceptas sin reserva el contenido de las presentes Condiciones de uso.
En consecuencia, deberás leer detenidamente las mismas antes del acceso y de la
utilización de cualquier servicio de Radar COVID bajo tu entera responsabilidad.
Aviso importante: La utilización de la Aplicación es gratuita, libre y voluntaria para
todos los ciudadanos. Para utilizar Radar COVID no es necesario estar registrado, ni
aportar ningún dato personal, identificativo o no identificativo. Al activar la aplicación,
aceptas como Usuario:

Como Usuario puedes informar voluntariamente a la aplicación de un resultado
positivo en tus pruebas de COVID-19 mediante el código de confirmación de un solo uso
facilitado por las autoridades sanitarias. La validez de este código será cotejada por la
aplicación para asegurar el correcto funcionamiento de Radar COVID. Como Usuario
informarás del resultado positivo de tus pruebas y se te solicitará el consentimiento
expreso e inequívoco para compartir las claves generadas diariamente en tu dispositivo,
y correspondientes a los últimos catorce días. Estas claves son comunicadas a un
servidor que las pondrá a disposición del conjunto de aplicaciones Radar COVID para su
descarga. Las claves comunicadas no guardan relación alguna con la identificación de tu
dispositivo o de ti como Usuario.
3.

Seguridad y privacidad.

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el
anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se
regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

cve: BOE-A-2021-4302
Verificable en https://www.boe.es

a) El envío de señales Bluetooth emitidas de forma anónima por tu dispositivo;
b) La recepción y almacenamiento de señales Bluetooth de aplicaciones
compatibles con Radar COVID, que se mantienen de forma anónima y descentralizada
en los dispositivos de los Usuarios durante un periodo no superior a catorce días;
c) La información ofrecida al Usuario sobre el posible riesgo de contactos de riesgo,
sin que en ningún momento se refieran datos personales de ningún tipo;
d) Recibir claves positivas de terceros países de la Unión Europea a través de la
plataforma de interoperabilidad de la unión europea (EFGS); y
e) con tu consentimiento explícito, el envío de claves positivas que serán
compartidas con terceros países de la unión europea a través de la plataforma de
interoperabilidad de la unión europea (EFGS).