IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-13045)
VALENCIA
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65
Miércoles 17 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 16711
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
13045
VALENCIA
Edicto
Doña Helena Agusti Pons, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia n.º 29 de Valencia, de conformidad con lo previsto
en los artículos 28 y 35 del TRLC, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado [CNA] 001508/2020, habiéndose dictado en fecha 11/01/2021 por el Ilma. Sra.
Magistrada-Juez Dña. Maria Jose Peiro Aspruz auto de declaración de concurso
Voluntario Abreviado de acreedores de Trinidad Desamparados Estevez Carretero
y NIF N.º 44511625R.
Que se ha acordado la suspensión de las funciones de disposición y
administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o
conformidad de la administración concursal designada.
Se ha nombrado administrador concursal a D./Dª Ignacio Alamar Llinas con
DNI nº 22523633D, domicilio en Calle Cirilo Amoros,76 Valencia (Valencia) y
correo electrónico concursal@alamarabogados.com
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general
llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de UN MES
desde la publicación acordada en el BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO, puedan
comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y
ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 255
del TRLC. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en
rocedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 26 de enero de 2021.- Letrada de la Administracion de Justicia,
Helena Agusti Pons.
cve: BOE-B-2021-13045
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210015865-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 65
Miércoles 17 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 16711
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
13045
VALENCIA
Edicto
Doña Helena Agusti Pons, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia n.º 29 de Valencia, de conformidad con lo previsto
en los artículos 28 y 35 del TRLC, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado [CNA] 001508/2020, habiéndose dictado en fecha 11/01/2021 por el Ilma. Sra.
Magistrada-Juez Dña. Maria Jose Peiro Aspruz auto de declaración de concurso
Voluntario Abreviado de acreedores de Trinidad Desamparados Estevez Carretero
y NIF N.º 44511625R.
Que se ha acordado la suspensión de las funciones de disposición y
administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o
conformidad de la administración concursal designada.
Se ha nombrado administrador concursal a D./Dª Ignacio Alamar Llinas con
DNI nº 22523633D, domicilio en Calle Cirilo Amoros,76 Valencia (Valencia) y
correo electrónico concursal@alamarabogados.com
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general
llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de UN MES
desde la publicación acordada en el BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO, puedan
comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y
ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 255
del TRLC. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en
rocedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 26 de enero de 2021.- Letrada de la Administracion de Justicia,
Helena Agusti Pons.
cve: BOE-B-2021-13045
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210015865-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X