III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Convenios. (BOE-A-2021-4232)
Resolución de 12 de marzo de 2021, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica la II Adenda al Convenio con Nuevo Microbank, SAU, para realizar actuaciones de promoción y apoyo a las mujeres emprendedoras y empresarias enmarcadas en el desarrollo del programa de microcréditos.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Miércoles 17 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 31011

Sexto.
En todo lo que no se ha modificado expresamente en virtud de la presente adenda, el
Convenio publicado en el BOE del 15 de julio de 2020 de y su prórroga de 31 de
diciembre de 2020, mantiene en vigor en todos sus conceptos con plenitud de fuerza
hasta su vencimiento, entendiendo que la presente adenda constituye una novación
modificativa y no extintiva.
Séptimo.
Esta modificación se realiza conforme a la cláusula duodécima del Convenio donde
se establece que cualquier modificación de este Convenio deberá ser hecha por escrito y
firmada por ambas partes, mediante el procedimiento de aprobación de la
correspondiente adenda. La modificación se incorporará como parte inseparable del
texto del Convenio y que en todo caso la modificación se realizará conforme a lo
establecido en el artículo 50 de la Ley 40/2015.
Por todo lo manifestado, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Introducir en la cláusula segunda del Convenio, dentro del compromiso de
MicroBank, al final de la redacción original:
– Habilitar una nueva línea de financiación, de hasta cuatro millones de euros,
denominada Microcrédito Negocios MicroBank FEI-COVID19 Convenio Entidades cuya
finalidad es atender necesidades de circulante derivadas del COVID-19. Para poder
acceder a las condiciones de financiación establecidas en esta adenda, los proyectos de
empresa tendrán que contar con un informe elaborado por la entidad colaboradora según
el modelo del anexo I de la adenda y las condiciones a dicha línea de financiación se
adjuntan en el anexo II de la presente adenda.
Segunda.

Tercera.
En relación con este apartado, la presente adenda no conlleva aportación económica
alguna por parte del Instituto de las Mujeres.
Estando conforme, las partes en cuanto antecede, firman la presente adenda, en el
lugar y fecha arriba indicados.–La Directora del Instituto de las Mujeres, Beatriz Gimeno
Reinoso.–La Directora General de Nuevo Microbank, S.A.U., Cristina González Viu.

cve: BOE-A-2021-4232
Verificable en https://www.boe.es

En todo lo que no se ha modificado expresamente en virtud de la presente adenda, el
Convenio de fecha de publicación en el BOE de 15 de julio de 2020, prorrogado en el
BOE de 31 de diciembre de 2020, se mantiene en vigor en todos sus conceptos con
plenitud de fuerza hasta su vencimiento, entendiendo que la presente adenda será eficaz
una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal.
Así mismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el
BOE. La adenda constituye una novación modificativa y no extintiva del Convenio,
formando parte integrante de este último hasta el 30 de junio de 2021, o hasta que se
agoten antes los fondos destinados a esta línea. En dicha fecha cesarán sus efectos sin
posibilidad de prórroga y sin perjuicio del debido cumplimiento de las obligaciones
contraídas durante la vigencia de la misma.