III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-4183)
Resolución de 5 de marzo de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal Acción Cultural SA, para la organización conjunta del programa de Residencias Dramáticas del Centro Dramático Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Martes 16 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 30765

Para su cumplimiento, el INAEM se encargará de la producción ejecutiva del
programa «Residencias dramáticas», corriendo con los siguientes gastos y compromisos
de gestión del proyecto:
– Gastos derivados de las residencias de las cuatro personas seleccionadas para la
edición de 2021, conforme a las condiciones del concurso publicitado por el CDN, lo que
implica el pago de seis mil quinientos euros (6.500,00 €) para personas con residencia
en Madrid y siete mil doscientos euros (7.200,00 €) para personas con residencia fuera
de Madrid.
– Gastos de comunicación y publicidad.
– Todos aquellos gastos imprevistos y de mantenimiento que pudieran originarse de
la propia actividad.
– El CDN asume la interlocución y acuerdo con las instituciones receptoras en
Europa, contando para ello con la asistencia de AC/E y la colaboración del British
Council, Goethe Institut, Institut Français, Istituto Italiano y Real Academia de España en
Roma, entre otros.
Definido por el CDN el programa de estancias en Europa de las cuatro personas
beneficiarias (dos estancias por residente), remitirá a AC/E una Memoria con información
detallada sobre las instituciones receptoras (en dos países europeos), los dos destinos
acordados por beneficiaria/o (estimándose para cada una un periodo de una semanadiez días) y el programa de actividades previsto, entre otros aspectos de interés.
AC/E, en virtud del presente Convenio, asume los siguientes compromisos:
– Los siguientes gastos derivados del programa de estancias en el extranjero para
las cuatro dramaturgas/os seleccionadas/os en la edición del año 2021: traslado,
alojamiento, en caso de que no sea proporcionado por la institución receptora, y pago de
un importe único por estancia en concepto de producción y otros gastos locales.
• El traslado origen en España-ciudad de destino en Europa-origen en España y el
alojamiento, para un periodo estimado de una semana y máximo de diez días, cuando no
sea proporcionado por la sede receptora en el exterior, serán gestionados por AC/E,
conforme a la normativa de viajes que le es aplicable.
• Además, AC/E abonará a cada beneficiaria/o un importe de seiscientos euros
(600,00 €), más el IVA que en su caso corresponda, por estancia en el extranjero, en
concepto de producción y otros gastos locales.
Dicho importe será abonado por AC/E una vez finalizada la estancia, previa
presentación por la/el residente de la correspondiente factura que habrá de venir
acompañada de un Informe sobre los resultados y beneficios de la residencia en el
exterior.
Tercera.

Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

18.107.335B.280.10
18.107.335B.280.12
18.107.335B.280.13
18.107.335B.280.14
18.107.335B.280.32
La estimación económica de la participación de AC/E se cuantifica en un máximo de
quince mil (15.000,00 €), IVA no incluido.

cve: BOE-A-2021-4183
Verificable en https://www.boe.es

Del presente Convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.
La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo
de cincuenta mil euros (50.000,00 €), IVA incluido, cuantía que se articulará a través de
contratos específicos con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias: