III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2021-4186)
Resolución de 5 de marzo de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención Psicosocial a personas con trastorno mental grave de Valencia y la Universidad Católica de Ávila, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Martes 16 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 30791

ANEXO
El presente anexo técnico se incorpora al convenio suscrito entre el IMSERSO, a
través del CREAP en Valencia y la Universidad Católica de Ávila, firmado el (fecha), de
(mes) de (año) para la realización de prácticas académicas externas.
Detalle de las prácticas a desarrollar en el CREAP en Valencia del IMSERSO
ALUMNO
DIRECCIÓN

D.N.I.

ESTUDIOS QUE
REALIZA
FECHA DE
INICIO:
JORNADA DE
PRÁCTICAS

FECHA DE
FINALIZACIÓN:
HORAS AL DÍA
(orientativo):

DÍAS DE LA SEMANA
(orientativo):

TUTOR DEL CENTRO:
TUTOR DE LA
UNIVERSIDAD:
CONTENIDO DE LAS PRÁCTICAS:
SEGUROS

Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas

a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa,
institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha
realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y,
en su caso, su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la
entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de
seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
h) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los
correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscritos por la universidad y, en
su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la mima, con la entidad
colaboradora.

cve: BOE-A-2021-4186
Verificable en https://www.boe.es

1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos: