III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Consorcio de la Zona Franca de Cádiz. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-4177)
Resolución de 5 de marzo de 2021, del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, por la que se publican las cuentas anuales consolidadas del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64
Martes 16 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30550
MEMORIA CONSOLIDADA DEL EJERCICIO ANUAL TERMINADO
EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019
1.
Reseña histórica de la matriz y sociedades del grupo
Reseña histórica de la Entidad DominanteLa Zona Franca es una zona de libre comercio en cuyo recinto entran las mercancías procedentes de países no
comunitarios con exención de derechos arancelarios y de todos los impuestos que pudieran gravar las mismas por su
introducción en el territorio aduanero de la Unión Europea.
El Real Decreto de 11 de junio de 1929, de Bases Reguladoras de los Puertos, Zonas y Depósitos Francos autorizó el
establecimiento de una Zona Franca en la ciudad de Cádiz cuya administración recaería en un Entidad Dominante
bajo la presidencia de un Comisario Regio nombrado por Real Decreto del Ministerio de Hacienda. El Decreto
Republicano de 3 de junio de 1931 determinó una serie de modificaciones en las organizaciones de los Entidad
Dominantes, otorgando la presidencia de los mismos a los Alcaldes de las ciudades donde estén ubicadas las Zonas
Francas. Se suprimió la figura del Comisario Regio por un Delegado Especial del Estado al que se le encomendaba
entre otras funciones la dirección ejecutiva del Entidad Dominante correspondiente. Así se recoge en el Estatuto y
Reglamento de Régimen Interior del Entidad Dominante.
La Entidad Dominante está constituida por el Alcalde de la ciudad, el Delegado Especial del Estado, cuatro vocales
representantes del Gobierno, cinco Concejales del Ayuntamiento, un representante de la Cámara Oficial de Comercio,
Industria y Navegación de Cádiz, un representante de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz, un representante
de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, un representante del Ministerio de Economía y Hacienda en la persona
del Administrador Principal de la Aduana de Cádiz y un representante de RENFE.
El Pleno de la Entidad Dominante de la Zona Franca en la sesión celebrada el 2 de junio de 1998 acordó modificar
los artículos 4° y 6° del Estatuto, elevando dicho acuerdo al Ministerio de Economía y Hacienda para su aprobación
mediante Orden Ministerial (Orden de 25 de junio de 1998). De acuerdo con la nueva redacción del artículo 4, el
objeto del Entidad Dominante es el establecimiento y explotación de la Zona Franca de Cádiz, bajo la dependencia
exclusiva del Ministerio de Economía y Hacienda, pudiendo asimismo promover, gestionar y explotar, en régimen de
derecho privado, directamente o asociado a otros organismos, todos los bienes, de cualquier naturaleza, integrantes de
su patrimonio y situados fuera del territorio de la Zona Franca con el fin de contribuir al desarrollo y dinamización
económica y social de su área de influencia.
De acuerdo con el Estatuto y Reglamento de Régimen Interior, la Entidad Dominante funcionará en Pleno o por
medio de un Comité Ejecutivo. Corresponde a la Entidad Dominante en Pleno, que actuará como Consejo de
Administración, entre otros, la construcción y explotación de la Zona Franca, la aprobación de los proyectos de obras,
la emisión de empréstitos, la adquisición de inmuebles y maquinaria, así como la formación y aprobación del
presupuesto anual y aprobación de las cuentas generales. En la práctica las cuentas anuales vienen siendo informadas
en primera instancia por el Comité Ejecutivo que eleva dicho acuerdo al Pleno para su aprobación.
El Comité Ejecutivo está constituido por seis vocales presididos por el Delegado Especial del Estado
correspondiéndole la gestión, administración y dirección de las obras y servicios de la Zona Franca.
Las actividades de la Entidad Dominante se encuentran reguladas tanto por la normativa de su constitución y
posteriores adaptaciones, como por diversas disposiciones nacionales y comunitarias.
Las principales líneas de actividad de la Entidad Dominante, junto con la actividad propia del régimen de
admisión de mercancías y promoción del Comercio Exterior en el área exenta fiscal, son:
•
Promoción, desarrollo y explotación de suelo industrial, tanto en régimen de arrendamiento como de venta.
•
Promoción, desarrollo y comercialización de infraestructuras para empresas: naves, edificios de servicios,
etc., tanto en régimen de arrendamiento como de venta.
cve: BOE-A-2021-4177
Verificable en https://www.boe.es
Dichas actividades se desarrollan en todo el ámbito provincial, destacándose los siguientes recintos: el Recinto
Interior (área exenta fiscal), Parques Empresariales e Industriales tanto en la capital como en diferentes municipios de
la provincia (Algeciras, el Puerto de Santa María, Puerto Real), y diferentes Edificios e Instalaciones sitas en la
propia capital.
Núm. 64
Martes 16 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30550
MEMORIA CONSOLIDADA DEL EJERCICIO ANUAL TERMINADO
EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019
1.
Reseña histórica de la matriz y sociedades del grupo
Reseña histórica de la Entidad DominanteLa Zona Franca es una zona de libre comercio en cuyo recinto entran las mercancías procedentes de países no
comunitarios con exención de derechos arancelarios y de todos los impuestos que pudieran gravar las mismas por su
introducción en el territorio aduanero de la Unión Europea.
El Real Decreto de 11 de junio de 1929, de Bases Reguladoras de los Puertos, Zonas y Depósitos Francos autorizó el
establecimiento de una Zona Franca en la ciudad de Cádiz cuya administración recaería en un Entidad Dominante
bajo la presidencia de un Comisario Regio nombrado por Real Decreto del Ministerio de Hacienda. El Decreto
Republicano de 3 de junio de 1931 determinó una serie de modificaciones en las organizaciones de los Entidad
Dominantes, otorgando la presidencia de los mismos a los Alcaldes de las ciudades donde estén ubicadas las Zonas
Francas. Se suprimió la figura del Comisario Regio por un Delegado Especial del Estado al que se le encomendaba
entre otras funciones la dirección ejecutiva del Entidad Dominante correspondiente. Así se recoge en el Estatuto y
Reglamento de Régimen Interior del Entidad Dominante.
La Entidad Dominante está constituida por el Alcalde de la ciudad, el Delegado Especial del Estado, cuatro vocales
representantes del Gobierno, cinco Concejales del Ayuntamiento, un representante de la Cámara Oficial de Comercio,
Industria y Navegación de Cádiz, un representante de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz, un representante
de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, un representante del Ministerio de Economía y Hacienda en la persona
del Administrador Principal de la Aduana de Cádiz y un representante de RENFE.
El Pleno de la Entidad Dominante de la Zona Franca en la sesión celebrada el 2 de junio de 1998 acordó modificar
los artículos 4° y 6° del Estatuto, elevando dicho acuerdo al Ministerio de Economía y Hacienda para su aprobación
mediante Orden Ministerial (Orden de 25 de junio de 1998). De acuerdo con la nueva redacción del artículo 4, el
objeto del Entidad Dominante es el establecimiento y explotación de la Zona Franca de Cádiz, bajo la dependencia
exclusiva del Ministerio de Economía y Hacienda, pudiendo asimismo promover, gestionar y explotar, en régimen de
derecho privado, directamente o asociado a otros organismos, todos los bienes, de cualquier naturaleza, integrantes de
su patrimonio y situados fuera del territorio de la Zona Franca con el fin de contribuir al desarrollo y dinamización
económica y social de su área de influencia.
De acuerdo con el Estatuto y Reglamento de Régimen Interior, la Entidad Dominante funcionará en Pleno o por
medio de un Comité Ejecutivo. Corresponde a la Entidad Dominante en Pleno, que actuará como Consejo de
Administración, entre otros, la construcción y explotación de la Zona Franca, la aprobación de los proyectos de obras,
la emisión de empréstitos, la adquisición de inmuebles y maquinaria, así como la formación y aprobación del
presupuesto anual y aprobación de las cuentas generales. En la práctica las cuentas anuales vienen siendo informadas
en primera instancia por el Comité Ejecutivo que eleva dicho acuerdo al Pleno para su aprobación.
El Comité Ejecutivo está constituido por seis vocales presididos por el Delegado Especial del Estado
correspondiéndole la gestión, administración y dirección de las obras y servicios de la Zona Franca.
Las actividades de la Entidad Dominante se encuentran reguladas tanto por la normativa de su constitución y
posteriores adaptaciones, como por diversas disposiciones nacionales y comunitarias.
Las principales líneas de actividad de la Entidad Dominante, junto con la actividad propia del régimen de
admisión de mercancías y promoción del Comercio Exterior en el área exenta fiscal, son:
•
Promoción, desarrollo y explotación de suelo industrial, tanto en régimen de arrendamiento como de venta.
•
Promoción, desarrollo y comercialización de infraestructuras para empresas: naves, edificios de servicios,
etc., tanto en régimen de arrendamiento como de venta.
cve: BOE-A-2021-4177
Verificable en https://www.boe.es
Dichas actividades se desarrollan en todo el ámbito provincial, destacándose los siguientes recintos: el Recinto
Interior (área exenta fiscal), Parques Empresariales e Industriales tanto en la capital como en diferentes municipios de
la provincia (Algeciras, el Puerto de Santa María, Puerto Real), y diferentes Edificios e Instalaciones sitas en la
propia capital.