III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-4184)
Resolución de 4 de marzo de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades Raras y sus familias de Burgos y la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64
Martes 16 de marzo de 2021
FECHA DE
INICIO:
JORNADA DE
PRÁCTICAS
Sec. III. Pág. 30775
FECHA DE
FINALIZACIÓN:
HORAS AL DÍA
(orientativo):
DÍAS DE LA SEMANA
(orientativo):
TUTOR DEL CENTRO:
TUTOR DE LA
UNIVERSIDAD:
CONTENIDO DE LAS PRÁCTICAS:
SEGUROS
Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa,
institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha
realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y,
en su caso, su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la
entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de
seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
h) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los
correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscritos por la universidad y, en
su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la mima, con la entidad
colaboradora.
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
universidad.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor
académico de la universidad.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo
de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria
final que le sean requeridos.
cve: BOE-A-2021-4184
Verificable en https://www.boe.es
2. Durante la realización de las prácticas académicas externas los estudiantes
deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
Núm. 64
Martes 16 de marzo de 2021
FECHA DE
INICIO:
JORNADA DE
PRÁCTICAS
Sec. III. Pág. 30775
FECHA DE
FINALIZACIÓN:
HORAS AL DÍA
(orientativo):
DÍAS DE LA SEMANA
(orientativo):
TUTOR DEL CENTRO:
TUTOR DE LA
UNIVERSIDAD:
CONTENIDO DE LAS PRÁCTICAS:
SEGUROS
Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa,
institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha
realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y,
en su caso, su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la
entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de
seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
h) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los
correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscritos por la universidad y, en
su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la mima, con la entidad
colaboradora.
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
universidad.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor
académico de la universidad.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo
de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria
final que le sean requeridos.
cve: BOE-A-2021-4184
Verificable en https://www.boe.es
2. Durante la realización de las prácticas académicas externas los estudiantes
deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes: