V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-12694)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se autoriza la prórroga del plazo de vigencia del título que le habilita para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías en el puerto de Eivissa, a la empresa Compañía Trasmediterránea, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Lunes 15 de marzo de 2021

Sec. V-B. Pág. 16281

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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

12694

Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se autoriza
la prórroga del plazo de vigencia del título que le habilita para la
prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías en el
puerto de Eivissa, a la empresa Compañía Trasmediterránea, S.A.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión
celebrada en fecha 24 de febrero de 2021, adoptó el acuerdo de prorrogar el plazo
de vigencia del título que habilita para la prestación del servicio portuario de
manipulación de mercancías en el Puerto de Eivissa, a la empresa Compañía
Trasmediterránea, S.A., con sujeción al RDL 2/2011, al Pliego Regulador del
servicio portuario aprobado por Puertos del Estado y a las condiciones
establecidas en los títulos habilitantes vigentes, siempre que éstas últimas no se
opongan al mencionado RDL 2/2011, al Pliego Regulador y a la Sentencia del
Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 11 de diciembre de 2014 sobre
el servicio de estiba, hasta que se otorgue licencia de conformidad con el pliego de
prescripciones particulares previsto en el artículo 113 del Texto Refundido de la
Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante y, en todo caso, por un plazo
máximo de dos (2) años, si éste no se aprobara con anterioridad. Todo ello sin
perjuicio de la obligación del titular de someterse a las modificaciones legales que
afecten al régimen jurídico del título, y sin que ello genere derecho a indemnización
alguna a su favor, debiendo actualizar la fianza depositada de conformidad con lo
dispuesto en la cláusula 6ª del Pliego de Cláusulas de Explotación del Servicio
Público de Estiba y Desestiba de Buques en los Puertos del Estado en Baleares,
computándose dicha prórroga desde el 18 de febrero de 2021.
Palma, 9 de marzo de 2021.- El Presidente, Francesc Antich Oliver.

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X