III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-4126)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la "Gestión Integrada de Servicios de Registro" como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30312
ANEXO I
Determinación de la contribución anual al mantenimiento del servicio
La contribución anual al mantenimiento de la sostenibilidad funcional y técnica de la
aplicación GEISER se establece en función de los siguientes criterios de uso y, teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala
la imposibilidad de que la aportación económica supere los gastos derivados de la
ejecución del Convenio. Así se determinará, en función del número de asientos
registrales estimado (N):
– Si N < 20.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 5.000 €.
– Si 20.000 ≤ N < 250.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 12.500 €.
– Si 250.000 ≤ N < 1.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 20.000 €.
– Si 1.000.000 ≤ N < 2.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del
servicio durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas
será 30.000 €.
– Si 2.000.000 ≤ N la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas será de 50.000 €.
Para la determinación de la contribución económica se entenderá N referido al
periodo de vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas, con
independencia de las anualidades que comprenda.
El número N representa todos los asientos registrales de entrada y salida que se
realicen en GEISER desde la fecha en la que el Convenio comience a surtir efectos hasta la
fecha de finalización del mismo. No se contabilizarán los apuntes registrales que se realicen
a través de los servicios web de GEISER (REGECO) sin documentación adjunta.
ANEXO II
Estimación de uso
Don Ángel Luis Arias Serrano, en calidad de Director General de la Entidad Pública
Empresarial ENAIRE, declara que durante el ejercicio del año 2020 el número de
asientos registrales de entrada y salida que fueron realizados conjuntamente en las
oficinas de registro que se incorporarán a la aplicación GEISER en las condiciones del
presente Convenio, asciende a un total de 9.878 asientos registrales.
Para el periodo inicial de vigencia del Convenio, se estima un total de 10.000
asientos registrales para el año A, de 12.000 asientos para el año A+1, de 14.000
asientos para el año A+2 y de 16.000 asientos para el año A+3. Asimismo, de
conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada anualidad de vigencia del
Convenio, los compromisos financieros asumidos.
cve: BOE-A-2021-4126
Verificable en https://www.boe.es
El Director General de ENAIRE, Ángel Luis Arias Serrano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30312
ANEXO I
Determinación de la contribución anual al mantenimiento del servicio
La contribución anual al mantenimiento de la sostenibilidad funcional y técnica de la
aplicación GEISER se establece en función de los siguientes criterios de uso y, teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala
la imposibilidad de que la aportación económica supere los gastos derivados de la
ejecución del Convenio. Así se determinará, en función del número de asientos
registrales estimado (N):
– Si N < 20.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 5.000 €.
– Si 20.000 ≤ N < 250.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 12.500 €.
– Si 250.000 ≤ N < 1.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 20.000 €.
– Si 1.000.000 ≤ N < 2.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del
servicio durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas
será 30.000 €.
– Si 2.000.000 ≤ N la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas será de 50.000 €.
Para la determinación de la contribución económica se entenderá N referido al
periodo de vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas, con
independencia de las anualidades que comprenda.
El número N representa todos los asientos registrales de entrada y salida que se
realicen en GEISER desde la fecha en la que el Convenio comience a surtir efectos hasta la
fecha de finalización del mismo. No se contabilizarán los apuntes registrales que se realicen
a través de los servicios web de GEISER (REGECO) sin documentación adjunta.
ANEXO II
Estimación de uso
Don Ángel Luis Arias Serrano, en calidad de Director General de la Entidad Pública
Empresarial ENAIRE, declara que durante el ejercicio del año 2020 el número de
asientos registrales de entrada y salida que fueron realizados conjuntamente en las
oficinas de registro que se incorporarán a la aplicación GEISER en las condiciones del
presente Convenio, asciende a un total de 9.878 asientos registrales.
Para el periodo inicial de vigencia del Convenio, se estima un total de 10.000
asientos registrales para el año A, de 12.000 asientos para el año A+1, de 14.000
asientos para el año A+2 y de 16.000 asientos para el año A+3. Asimismo, de
conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada anualidad de vigencia del
Convenio, los compromisos financieros asumidos.
cve: BOE-A-2021-4126
Verificable en https://www.boe.es
El Director General de ENAIRE, Ángel Luis Arias Serrano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X