III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-4128)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y AENA, S.M.E., SA, AENA Desarrollo Internacional, S.M.E., SA, y AENA Sociedad Concesionaria del Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia, S.M.E., SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30316
De otra parte, don Javier Marín San Andrés, actuando en nombre y representación
de AENA Desarrollo Internacional, S.M.E., S.A., con domicilio social en calle Peonías,
12, 28042 Madrid, y NIF A-37250883, en su condición de Consejero-Delegado,
nombrado en virtud de escritura de protocolización de acuerdos sociales n.º 1015, de 10
de abril de 2019, otorgada ante Javier Navarro-Rubio Serres.
De otra parte, don Mariano Menor Muñoz, actuando en nombre y representación
de AENA Sociedad Concesionaria del Aeropuerto Internacional de la Región de
Murcia, S.M.E., S.A., con domicilio social en avenida España (Valladolises y Lo
Jurado), 101 30154 Murcia, y NIF A-73988313, en su condición de Director General
de la Sociedad, nombrado en virtud de escritura de protocolización de acuerdos
sociales n.º 564, de 12 de marzo de 2018, otorgada ante Javier Navarro-Rubio
Serres.
MANIFIESTAN
Primero.
Que AENA, S.M.E., S.A., AENA Desarrollo Internacional, S.M.E., S.A., y AENA
Sociedad Concesionaria del Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia,
S.M.E., S.A., de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre,
de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real
Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio
Jurídico del Estado, tienen actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica,
de fecha 14 de enero de 2019 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con
fecha 14 de marzo de 2019, con la Abogacía General del Estado-Dirección del
Servicio Jurídico del Estado.
Segundo.
Que la cláusula quinta del Convenio de Asistencia Jurídica establece dos años como
período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia del mismo como
máximo por dos años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de la
finalización de dicho período de vigencia, no obstante lo anterior, las partes de común
acuerdo adoptan prorrogar el Convenio de asistencia jurídica por un año más.
Es por ello que las partes,
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar el Convenio de asistencia jurídica de 14 de enero de 2019, por un año
más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.
En todo lo demás el Convenio de asistencia jurídica suscrito entre la Abogacía
General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y AENA, S.M.E., S.A.,
AENA Desarrollo Internacional, S.M.E., S.A., y AENA Sociedad Concesionaria del
Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia, S.M.E., S.A., el 14 de enero de 2019,
mantiene su vigencia.
cve: BOE-A-2021-4128
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30316
De otra parte, don Javier Marín San Andrés, actuando en nombre y representación
de AENA Desarrollo Internacional, S.M.E., S.A., con domicilio social en calle Peonías,
12, 28042 Madrid, y NIF A-37250883, en su condición de Consejero-Delegado,
nombrado en virtud de escritura de protocolización de acuerdos sociales n.º 1015, de 10
de abril de 2019, otorgada ante Javier Navarro-Rubio Serres.
De otra parte, don Mariano Menor Muñoz, actuando en nombre y representación
de AENA Sociedad Concesionaria del Aeropuerto Internacional de la Región de
Murcia, S.M.E., S.A., con domicilio social en avenida España (Valladolises y Lo
Jurado), 101 30154 Murcia, y NIF A-73988313, en su condición de Director General
de la Sociedad, nombrado en virtud de escritura de protocolización de acuerdos
sociales n.º 564, de 12 de marzo de 2018, otorgada ante Javier Navarro-Rubio
Serres.
MANIFIESTAN
Primero.
Que AENA, S.M.E., S.A., AENA Desarrollo Internacional, S.M.E., S.A., y AENA
Sociedad Concesionaria del Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia,
S.M.E., S.A., de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre,
de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real
Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio
Jurídico del Estado, tienen actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica,
de fecha 14 de enero de 2019 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con
fecha 14 de marzo de 2019, con la Abogacía General del Estado-Dirección del
Servicio Jurídico del Estado.
Segundo.
Que la cláusula quinta del Convenio de Asistencia Jurídica establece dos años como
período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia del mismo como
máximo por dos años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de la
finalización de dicho período de vigencia, no obstante lo anterior, las partes de común
acuerdo adoptan prorrogar el Convenio de asistencia jurídica por un año más.
Es por ello que las partes,
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar el Convenio de asistencia jurídica de 14 de enero de 2019, por un año
más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.
En todo lo demás el Convenio de asistencia jurídica suscrito entre la Abogacía
General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y AENA, S.M.E., S.A.,
AENA Desarrollo Internacional, S.M.E., S.A., y AENA Sociedad Concesionaria del
Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia, S.M.E., S.A., el 14 de enero de 2019,
mantiene su vigencia.
cve: BOE-A-2021-4128
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.