III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Documentación administrativa. (BOE-A-2021-4119)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 24 de febrero de 2021, por la que se aprueban los calendarios de conservación y se autoriza la eliminación de series documentales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Lunes 15 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 30273

ANEXO
Selección
Dictamen
CSCDA

12/2014

Unidad productora
Norma

Expedientes de
contratación de
suministros.

Expedientes
económicos de
gasto. Gastos
corrientes en
bienes y servicios:
suministros (221).

Subsecretaría. Subdirección General
de Oficialía Mayor y Administración
Financiera y otras unidades de
Eliminación
contratación del MINCOTUR, de sus total.
organismos autónomos y de
servicios periféricos.

Subsecretaría. Subdirección General
de Oficialía Mayor y Administración
Financiera y unidades como
pagadurías, cajas, habilitaciones y
Eliminación
otras unidades con capacidad de
total.
contratación y gestión del gasto del
MINCOTUR, de sus organismos
autónomos y servicios periféricos.

Plazo

15 años desde
la adjudicación.

Muestra a
conservar

Un expediente por
año.

Norma

Si (sólo
muestra)

Plazo

Archivo receptor

15
años

ACMINCOTUR.

20
años

AGA.

25
años

AHN.

5 años ACMINCOTUR.

15 años tras la
adjudicación.

Un expediente
anual por
modalidad de
Si (sólo
tramitación (pagos
muestra)
en firme, a justificar
y por anticipo de
caja fija).

15
años

AGA.

25
años

AHN.

Acceso
Norma

Plazo

Parcialmente restringido. La restricción se aplicará únicamente a aquellos
expedientes que contengan:
a) información facilitada por los empresarios que haya sido designada como
confidencial por estos (en particular, la que pudiera estar amparada por el
secreto técnico o comercial);
b) datos de carácter personal susceptibles de protección;
c) información sobre suministros relativos a compra de armamento, munición
y material bélico, según lo que se refiere el Apdo. Segundo e) del Acuerdo de
Consejo de Ministros de 28/11/1986, por el que se clasifican determinados
asuntos y materias.
Parcialmente restringido. La restricción se aplicará únicamente a aquellos
expedientes que contengan:
a) información facilitada por los empresarios que haya sido designada como
confidencial por estos (en particular, la que pudiera estar amparada por el
secreto técnico o comercial);
b) datos de carácter personal susceptibles de protección;
c) información sobre suministros relativos a compra de armamento, munición
y material bélico, según lo que se refiere el Apdo. Segundo e) del Acuerdo de
Consejo de Ministros de 28/11/1986, por el que se clasifican determinados
asuntos y materias.

cve: BOE-A-2021-4119
Verificable en https://www.boe.es

11/2015

Serie documental

Transferencia

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X