II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-4077)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 15 de marzo de 2021

Sec. II.B. Pág. 30007

que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de
dicha edad dependientes.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad, así como en su caso, el vínculo de
parentesco, y la dependencia.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
correspondientes a profesor de universidad.
c) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de
la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a
cuerpos o escalas de funcionarios.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.2 Requisitos específicos para plazas destinadas a personal investigador doctor
que haya obtenido el certificado I3 (art. 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2018):
Podrán presentarse quienes hayan finalizado el Programa Ramón y Cajal y hayan
obtenido el certificado I3. Tendrán que estar acreditados para el cuerpo docente
universitario de que se trate de acuerdo con lo establecido en el Real
Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional
para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
3.

Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso, remitirán la
correspondiente solicitud al Rector de la Universidad Complutense de Madrid, por
cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo,
LPACAP), en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», mediante
instancia debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña en el anexo II
(disponible en la dirección web: https://www.ucm.es/funcionarios-de-carrera-2), junto con
los siguientes documentos que acrediten que reúnen los requisitos para participar en el
presente concurso:
a) Fotocopia de DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la
española.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base 2.2.
El correo electrónico aportado en la solicitud se podrá utilizar a efectos de
comunicación con los interesados.
3.2 Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Complutense de Madrid, la
cantidad de 30,05 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia
bancaria
deberá
ser
efectuado
en
BANKIA,
en
la
cuenta
número
ES9420385837906000614282, indicando el n.º de concurso e incluyendo el texto
«Universidad Complutense. Derechos de examen».
A la solicitud deberá adjuntarse el justificante acreditativo del ingreso por el citado
concepto. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de
instancias no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante.

cve: BOE-A-2021-4077
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 63