II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Funcionarios de los Subgrupos A1 y A2. (BOE-A-2021-4013)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo, en la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 29760
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un mes si
comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese,
que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando los interesados, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por
enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por
ello finalice la licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese, por necesidades del
servicio, de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse al Área de Recursos
Humanos de la OEPM.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá aplazar
la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el
párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Subsecretaria del
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo podrá conceder una prórroga de incorporación
de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita el
interesado por razones justificadas.
Undécima.
Destinos adjudicados.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de
toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso
deberá comunicarse por escrito al órgano convocante.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a un funcionario
o funcionaria en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin
perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Reglamento de Situaciones
Administrativas de las Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
aprobado por el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo.
Los puestos relacionados en el anexo I-B solo se adjudicarán cuando resulten vacantes
como consecuencia de la provisión de los puestos relacionados en el anexo I-A o queden
vacantes con anterioridad a la celebración de la correspondiente Comisión de Valoración.
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la misma
empezarán a contarse los plazos establecidos para que los Ministerios y Organismos
afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
Decimotercera.
Recursos.
Contra la presente resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
cve: BOE-A-2021-4013
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 29760
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un mes si
comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese,
que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando los interesados, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por
enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por
ello finalice la licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese, por necesidades del
servicio, de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse al Área de Recursos
Humanos de la OEPM.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá aplazar
la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el
párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Subsecretaria del
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo podrá conceder una prórroga de incorporación
de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita el
interesado por razones justificadas.
Undécima.
Destinos adjudicados.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de
toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso
deberá comunicarse por escrito al órgano convocante.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a un funcionario
o funcionaria en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin
perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Reglamento de Situaciones
Administrativas de las Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
aprobado por el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo.
Los puestos relacionados en el anexo I-B solo se adjudicarán cuando resulten vacantes
como consecuencia de la provisión de los puestos relacionados en el anexo I-A o queden
vacantes con anterioridad a la celebración de la correspondiente Comisión de Valoración.
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la misma
empezarán a contarse los plazos establecidos para que los Ministerios y Organismos
afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
Decimotercera.
Recursos.
Contra la presente resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
cve: BOE-A-2021-4013
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Duodécima.