III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Deuda del Estado. (BOE-A-2021-4135)
Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de marzo de 2021 y se convocan las correspondientes subastas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Lunes 15 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 30350

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
4135

Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General del Tesoro y
Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos
y Obligaciones del Estado en el mes de marzo de 2021 y se convocan las
correspondientes subastas.

1. Disponer en el mes de marzo de 2021 las emisiones, denominadas en euros, de
Bonos y Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las
correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden
ETD/27/2021, de 15 de enero, en la Resolución de 25 de enero de 2021 de la Dirección
General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se emiten.
2.1 Emisión de Bonos del Estado a siete años. El tipo de interés nominal anual será
el 0,00 por 100 y los valores emitidos se amortizarán por su importe nominal el 31 de enero
de 2028. Los cupones tendrán vencimiento el 31 de enero de cada año, siendo el primer
cupón a pagar el 31 de enero de 2022, y se pagarán por anualidades vencidas, excepto el
primer cupón que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.2. de la Orden ETD/27/2021,
tendrá un periodo de devengo comprendido entre la fecha de emisión y la fecha de
vencimiento del cupón. El importe bruto de este primer cupón, expresado en tanto por

cve: BOE-A-2021-4135
Verificable en https://www.boe.es

La Orden ETD/27/2021, de 15 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda
del Estado durante el año 2021 y enero de 2022, ha autorizado a la Secretaría General del
Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2021 y el
mes de enero de 2022 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones,
señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los
Bonos y Obligaciones del Estado.
En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de
subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen
los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los
vigentes en 2020. Dicho calendario se publicó por Resolución de 25 de enero de 2021 de
la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y
resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2021 y el mes
de enero de 2022.
Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de los Bonos y
Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 18 de marzo y convocar las
correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores
y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la
posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con
anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de las referencias
de Bonos del Estado a tres años al 0,00 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2024 y
Obligaciones del Estado a treinta años al 1,00 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2050.
Asimismo, se considera conveniente poner en oferta Obligaciones del Estado a siete
años, emisión que se formalizará en una nueva referencia, dado el volumen en circulación
alcanzado por la emisión de Obligaciones a ese plazo que se viene emitiendo. La nueva
referencia que se emite, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997,
tendrá la calificación de Bonos segregables.
En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden
ETD/27/2021, esta Dirección General ha resuelto: