III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-4106)
Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30168
Segundo.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el
capítulo VI de su título preliminar, incluye las previsiones normativas necesarias para fijar
el marco al que deben someterse los convenios que se suscriban por las
Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público
vinculados o dependientes. El presente Convenio se sujeta a las prescripciones legales
establecidas en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público y en el Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el
que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Tercero.
De conformidad con su normativa de aplicación, la Consejería de Economía y
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y la Dirección General del
Catastro han propiciado la formalización del presente Convenio, con el objeto de
coordinar con dicho centro directivo las actuaciones relativas al uso del valor de
referencia en el ejercicio de sus respectivas competencias. Asimismo, se persigue el
objetivo de intercambio de información sobre el mercado inmobiliario, en aras de su
mejor gestión por parte de ambos.
Cuarto.
La Abogacía del Estado del Ministerio de Hacienda informó favorablemente la
formalización del presente Convenio en fecha 19 de noviembre de 2020.
Cuenta, asimismo, con el informe favorable de la Asesoría Jurídica de la Consejería
de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León de fecha 15 de octubre de 2020.
Quinto.
De conformidad con la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se
publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se
aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios, se han emitido los
correspondientes informes del Gabinete de la Secretaría de Estado de Presupuestos y
Gastos de fecha 24 de noviembre de 2020 y de la Dirección General de Cooperación
Autonómica y Local (Secretaría General de Coordinación Territorial. Secretaría de
Estado de Política Territorial) del Ministerio de Política Territorial y Función Pública de
fecha 2 de diciembre de 2020.
Sexto.
La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda ha autorizado en fecha 3
de febrero de 2021 la suscripción de este Convenio, de conformidad con la Orden
HAC/316/2019, de 12 de marzo, de delegación de competencias y por la que se fijan los
límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y
ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 50.2 e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio será remitido al Senado.
cve: BOE-A-2021-4106
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30168
Segundo.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el
capítulo VI de su título preliminar, incluye las previsiones normativas necesarias para fijar
el marco al que deben someterse los convenios que se suscriban por las
Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público
vinculados o dependientes. El presente Convenio se sujeta a las prescripciones legales
establecidas en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público y en el Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el
que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Tercero.
De conformidad con su normativa de aplicación, la Consejería de Economía y
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y la Dirección General del
Catastro han propiciado la formalización del presente Convenio, con el objeto de
coordinar con dicho centro directivo las actuaciones relativas al uso del valor de
referencia en el ejercicio de sus respectivas competencias. Asimismo, se persigue el
objetivo de intercambio de información sobre el mercado inmobiliario, en aras de su
mejor gestión por parte de ambos.
Cuarto.
La Abogacía del Estado del Ministerio de Hacienda informó favorablemente la
formalización del presente Convenio en fecha 19 de noviembre de 2020.
Cuenta, asimismo, con el informe favorable de la Asesoría Jurídica de la Consejería
de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León de fecha 15 de octubre de 2020.
Quinto.
De conformidad con la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se
publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se
aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios, se han emitido los
correspondientes informes del Gabinete de la Secretaría de Estado de Presupuestos y
Gastos de fecha 24 de noviembre de 2020 y de la Dirección General de Cooperación
Autonómica y Local (Secretaría General de Coordinación Territorial. Secretaría de
Estado de Política Territorial) del Ministerio de Política Territorial y Función Pública de
fecha 2 de diciembre de 2020.
Sexto.
La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda ha autorizado en fecha 3
de febrero de 2021 la suscripción de este Convenio, de conformidad con la Orden
HAC/316/2019, de 12 de marzo, de delegación de competencias y por la que se fijan los
límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y
ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 50.2 e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio será remitido al Senado.
cve: BOE-A-2021-4106
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.