II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Funcionarios de las Administraciones Públicas. (BOE-A-2021-4012)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, en las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 29743
Para la verificación de los méritos alegados por los candidatos, la Comisión Asesora
de Destinos en el Exterior podrá convocar a los interesados a la realización de una
entrevista personal por medios telemáticos. Con independencia de la utilización de otras
formas posibles de notificación, la convocatoria a la realización de las entrevistas se
comunicará con un correo electrónico a la dirección que el candidato habrá incluido en
su solicitud.
Sexta.
El Secretario de Estado de Turismo nombrará a los funcionarios. Una vez efectuados
dichos nombramientos, se dará traslado de los mismos al Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a quien corresponde la acreditación ante el
Estado receptor.
Los nombramientos derivados de esta Convocatoria tendrán efectos a partir de la
fecha que se determine en la resolución. Las tomas de posesión correspondientes a esta
convocatoria tendrán lugar en el tercer cuatrimestre del año en la fecha concreta en que
se determine por el Organismo Autónomo.
Séptima.
Los funcionarios públicos en servicio activo a los que se adjudique el puesto deberán
adjuntar certificado extendido por la Unidad de personal donde se encuentren
destinados, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el
nivel del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo de servicios
reconocidos para el cómputo de trienios.
Octava.
El plazo de permanencia de los funcionarios adjudicatarios de los puestos
convocados será de un máximo de cinco años, con un mínimo de tres años. Dicho
periodo mínimo de permanencia de tres años podrá ser prorrogado por el órgano
competente para el nombramiento por períodos anuales, a petición del interesado, hasta
el periodo indicado máximo de cinco años. Los funcionarios deberán solicitar las
correspondientes prórrogas por escrito antes del 1 de enero del año en que finalice el
plazo mínimo o la prórroga concedida.
Novena.
En lo no previsto en la presente resolución se estará a lo dispuesto en el Real
Decreto 810/2006, de 30 de junio, modificado por el Real Decreto 217/2015, de 27 de
marzo.
Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta
el acto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 9.1.a) de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa.
Madrid, 10 de marzo de 2021.–El Secretario de Estado de Turismo, Fernando Valdés
Verelst.
cve: BOE-A-2021-4012
Verificable en https://www.boe.es
Décima.
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 29743
Para la verificación de los méritos alegados por los candidatos, la Comisión Asesora
de Destinos en el Exterior podrá convocar a los interesados a la realización de una
entrevista personal por medios telemáticos. Con independencia de la utilización de otras
formas posibles de notificación, la convocatoria a la realización de las entrevistas se
comunicará con un correo electrónico a la dirección que el candidato habrá incluido en
su solicitud.
Sexta.
El Secretario de Estado de Turismo nombrará a los funcionarios. Una vez efectuados
dichos nombramientos, se dará traslado de los mismos al Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a quien corresponde la acreditación ante el
Estado receptor.
Los nombramientos derivados de esta Convocatoria tendrán efectos a partir de la
fecha que se determine en la resolución. Las tomas de posesión correspondientes a esta
convocatoria tendrán lugar en el tercer cuatrimestre del año en la fecha concreta en que
se determine por el Organismo Autónomo.
Séptima.
Los funcionarios públicos en servicio activo a los que se adjudique el puesto deberán
adjuntar certificado extendido por la Unidad de personal donde se encuentren
destinados, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el
nivel del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo de servicios
reconocidos para el cómputo de trienios.
Octava.
El plazo de permanencia de los funcionarios adjudicatarios de los puestos
convocados será de un máximo de cinco años, con un mínimo de tres años. Dicho
periodo mínimo de permanencia de tres años podrá ser prorrogado por el órgano
competente para el nombramiento por períodos anuales, a petición del interesado, hasta
el periodo indicado máximo de cinco años. Los funcionarios deberán solicitar las
correspondientes prórrogas por escrito antes del 1 de enero del año en que finalice el
plazo mínimo o la prórroga concedida.
Novena.
En lo no previsto en la presente resolución se estará a lo dispuesto en el Real
Decreto 810/2006, de 30 de junio, modificado por el Real Decreto 217/2015, de 27 de
marzo.
Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta
el acto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 9.1.a) de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa.
Madrid, 10 de marzo de 2021.–El Secretario de Estado de Turismo, Fernando Valdés
Verelst.
cve: BOE-A-2021-4012
Verificable en https://www.boe.es
Décima.