II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE JUSTICIA. Destinos. (BOE-A-2021-3992)
Orden JUS/233/2021, de 3 de marzo, por la que se resuelve el concurso de traslado para plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa, convocado por Orden JUS/32/2021, de 11 de enero, en la Mutualidad General Judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Lunes 15 de marzo de 2021

Sec. II.A. Pág. 29670

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE JUSTICIA
3992

Orden JUS/233/2021, de 3 de marzo, por la que se resuelve el concurso de
traslado para plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de
Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa,
convocado por Orden JUS/32/2021, de 11 de enero, en la Mutualidad
General Judicial.

Este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 524 y siguientes de
la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley
Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre y por ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre;
con los artículos 43 y siguientes y la disposición derogatoria única del Reglamento de
Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal
funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre; y con las bases de la Orden JUS/32/2021, de 11
de enero, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos
y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa
de la Administración de Justicia al servicio de la Mutualidad General Judicial, ha
dispuesto:
Primero.
Resolver de forma definitiva el concurso de traslado entre funcionarios de los
Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y
Administrativa de la Administración de Justicia convocado por Orden JUS/32/2021, de 11
de enero, tal y como se relaciona en el anexo.
Segundo.
Declarar caducadas las instancias presentadas por los participantes en el presente
concurso que no han obtenido destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros
concursos de traslados.

El cese en el destino de origen de los adjudicatarios deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial
del Estado», y la toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso se producirá
en los tres días hábiles siguientes al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario,
o en los ocho días hábiles siguientes si implica cambio de localidad dentro de la
Comunidad Autónoma, y veinte días hábiles siguientes si implica cambio de Comunidad
Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad
Autónoma de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será en el mes
siguiente, tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen
como si es el de destino. El plazo posesorio será retribuido por la Administración
competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

cve: BOE-A-2021-3992
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Tercero.