V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2021-12702)
Extracto de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) por la que se convocan ayuda a las Federaciones Deportivas Españolas para ayudas a deportistas por resultados obtenidos para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. V-B. Pág. 16291
FichaTramite.aspx?idProcedimiento=59
Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada,
acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015.
Las ayudas deberán solicitarse mediante instancia normalizada, disponible en
la Sede Electrónica del CSD, que deberá estar firmada en todo caso por el
Presidente de la Federación o representante legal autorizado mediante poder
notarial o disposición estatutaria de dicha federación. Esta solicitud deberá
acompañarse de los documentos y anexos expresados en la Convocatoria de
referencia.
Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de
junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente
Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola
vez.
La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará
mediante cuentas justificativas estructuradas de conformidad con lo previsto en la
base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y
ayudas por el CSD, y con lo establecido en la Guía de Presupuestación y
Justificación del CSD. La justificación se realizará por trimestres naturales,
disponiendo los beneficiarios de tres meses para justificar los gastos e inversiones
realizados en el trimestre anterior.
Madrid, 9 de marzo de 2021.- Irene Lozano Domingo, Presidenta del Consejo
Superior de Deportes.
cve: BOE-B-2021-12702
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210015097-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. V-B. Pág. 16291
FichaTramite.aspx?idProcedimiento=59
Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada,
acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015.
Las ayudas deberán solicitarse mediante instancia normalizada, disponible en
la Sede Electrónica del CSD, que deberá estar firmada en todo caso por el
Presidente de la Federación o representante legal autorizado mediante poder
notarial o disposición estatutaria de dicha federación. Esta solicitud deberá
acompañarse de los documentos y anexos expresados en la Convocatoria de
referencia.
Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de
junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente
Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola
vez.
La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará
mediante cuentas justificativas estructuradas de conformidad con lo previsto en la
base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y
ayudas por el CSD, y con lo establecido en la Guía de Presupuestación y
Justificación del CSD. La justificación se realizará por trimestres naturales,
disponiendo los beneficiarios de tres meses para justificar los gastos e inversiones
realizados en el trimestre anterior.
Madrid, 9 de marzo de 2021.- Irene Lozano Domingo, Presidenta del Consejo
Superior de Deportes.
cve: BOE-B-2021-12702
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210015097-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X