IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-12346)
SEVILLA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62
Sábado 13 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 15830
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
12346
SEVILLA
EL Juzgado Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 35 TRLC, anuncia:
1.º.- Que en el procedimiento número 695/2018, con NIG
4109142120180001401 por auto de 5/03/21 se ha declarado la conclusión del
concurso de D. JOSÉ MARÍA GONZÁLEZ RUIZ, cuya parate dispositiva es del
tenor literal siguiente:
Acuerdo:
"1.- Declarar la conclusión del concurso de D. JOSÉ MARÍA GONZÁLEZ RUIZ.
2.- Archivar las actuaciones.
3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas
en virtud de la declaración del concurso.
4.- Acordar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del concursado hasta ahora subsistentes.
5.- Acordar el cese de la administración concursal designada, debiendo
comparecer a tal efecto en este Juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la
credencial que le habilita como tal, una vez acreditado en autos la inscripción en el
Registro Mercantil de la conclusión del concurso.
6.- Conceder el beneficio de la exoneración de la totalidad de los créditos
concursales (concurrentes y no concurrentes) que no se han satisfecho durante el
concurso, exceptuando los créditos de derecho público y por alimentos.
7.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración
Concursal.
8.- Dar la publicidad registral necesaria prevista en los artículos 557 y 558 del
Texto Refundido de la Ley Concursal, debiendo remitirse los respectivos
mandamientos a los registros correspondientes para la inscripción de la presente
resolución.
Sevilla, 9 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana
María Gullón Gullón.
ID: A210014821-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-12346
Verificable en https://www.boe.es
9.- Notificar la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera
notificado la declaración de concurso a la Administración Concursal, a la
concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido
notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley
Concursal), haciéndoles saber que la misma es FIRME (artículo 481.1 del Texto
Refundido de la Ley Concursal)."
Núm. 62
Sábado 13 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 15830
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
12346
SEVILLA
EL Juzgado Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 35 TRLC, anuncia:
1.º.- Que en el procedimiento número 695/2018, con NIG
4109142120180001401 por auto de 5/03/21 se ha declarado la conclusión del
concurso de D. JOSÉ MARÍA GONZÁLEZ RUIZ, cuya parate dispositiva es del
tenor literal siguiente:
Acuerdo:
"1.- Declarar la conclusión del concurso de D. JOSÉ MARÍA GONZÁLEZ RUIZ.
2.- Archivar las actuaciones.
3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas
en virtud de la declaración del concurso.
4.- Acordar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del concursado hasta ahora subsistentes.
5.- Acordar el cese de la administración concursal designada, debiendo
comparecer a tal efecto en este Juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la
credencial que le habilita como tal, una vez acreditado en autos la inscripción en el
Registro Mercantil de la conclusión del concurso.
6.- Conceder el beneficio de la exoneración de la totalidad de los créditos
concursales (concurrentes y no concurrentes) que no se han satisfecho durante el
concurso, exceptuando los créditos de derecho público y por alimentos.
7.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración
Concursal.
8.- Dar la publicidad registral necesaria prevista en los artículos 557 y 558 del
Texto Refundido de la Ley Concursal, debiendo remitirse los respectivos
mandamientos a los registros correspondientes para la inscripción de la presente
resolución.
Sevilla, 9 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana
María Gullón Gullón.
ID: A210014821-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-12346
Verificable en https://www.boe.es
9.- Notificar la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera
notificado la declaración de concurso a la Administración Concursal, a la
concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido
notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley
Concursal), haciéndoles saber que la misma es FIRME (artículo 481.1 del Texto
Refundido de la Ley Concursal)."