II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Destinos. (BOE-A-2021-3953)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 26 de octubre de 2020, en el Instituto de Turismo de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Sábado 13 de marzo de 2021

Sec. II.A. Pág. 29184

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
3953

Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 26 de octubre
de 2020, en el Instituto de Turismo de España.

Por Resolución de la Subsecretaria de 26 de octubre de 2020 («Boletín Oficial del
Estado» de 9 de noviembre de 2020), se convocó concurso específico para la provisión
de puestos de trabajo en el Instituto de Turismo de España.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, valorados los méritos alegados
por los concursantes y previa actuación de la Comisión de Valoración a la que hace
referencia la base Séptima de la citada resolución, este Ministerio acuerda la
adjudicación de los puestos de trabajo contenidos en la misma.
En la tramitación del presente concurso se ha procedido a la valoración de los méritos de los
participantes, tal y como prevé el título III, capítulo II, artículos 39 y siguientes del Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y lo
dispuesto en las bases de la convocatoria.
En su virtud, se acuerda aprobar la propuesta elevada por la Comisión y
Primero.
Resolver la adjudicación de los puestos de trabajo contenidos en el anexo I de esta
resolución. De los puestos ofertados, solamente un puesto ha resultado desierto por
renuncia del adjudicatario.
Segundo.
El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si
no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o el
reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la
publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el mismo órgano que dicta el acto, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien,
directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante
el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 8 de marzo de 2021.–El Subsecretario de Industria, Comercio y Turismo, P.D.
(Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero), el Director General del Instituto de Turismo de España,
Miguel Ángel Sanz Castedo.

cve: BOE-A-2021-3953
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Tercero.