III. Otras disposiciones. ADMINISTRACIÓN LOCAL. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-3981)
Resolución de 21 de diciembre de 2020, del Consejo Insular de Menorca, referente a la declaración como bien de interés cultural, con carácter de lugar de interés etnológico, de la zona de Punta Nati (Ciutadella).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62
Sábado 13 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 29334
III. OTRAS DISPOSICIONES
ADMINISTRACIÓN LOCAL
3981
Resolución de 21 de diciembre de 2020, del Consejo Insular de Menorca,
referente a la declaración como bien de interés cultural, con carácter de lugar
de interés etnológico, de la zona de Punta Nati (Ciutadella).
Acuerdo del Pleno del Consell Insular de Menorca de 21 de diciembre de 2020,
relativo a la aprobación definitiva de la declaración de bien de interés cultural
con carácter de lugar de interés etnológico de la zona de Punta Nati (Ciutadella)
(Exp. 2109-2020-000001)
Primero.
Desestimar las siguientes alegaciones, presentadas contra el acuerdo del Consejo
Ejecutivo de 15 de junio de 2020, por el cual se incoó el expediente de declaración de
Bien de interés cultural del Lugar etnológico de la zona de Punta Nati (Ciutadella), de
acuerdo con las consideraciones técnicas expuestas en el informe de la TAE del Servicio
de patrimonio histórico del CIM de día 18 de noviembre de 2018:
– Jeroni Pascual Vivó, propietario del predio Son Triay (Registro de entrada del CIM
número 16.685 de día 30 de julio de 2020).
– FASTFOR SA, propietaria del predio de ses Truqueries (RE del CIM número
17.151 de día 5 de agosto de 2020).
– Antonio José Montaner Fernández en representación de Bartolomé Florit Bosch,
propietario del predio Torre Nova d’en Lozano (Registro de entrada del CIM número
18.355 de día 19 de agosto de 2020).
Segundo.
Declarar bien de interés cultural, con carácter de lugar de interés etnológico, la zona
de Punta Nati (Ciutadella), según la descripción y la planimetría que figuran en el anexo.
Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establecen la Ley 12/1998,
del patrimonio histórico de las Illes Balears, y la normativa concordante.
Tercero.
Notificar el acuerdo al Ajuntament de Ciutadella, a los propietarios afectados y a las
entidades Societat Històrico-Arqueològica Martí i Bella, Ceconat Menorca SL y Borlumer
SL.
Notificar el acuerdo a la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad del Govern de
las Illes Balears, a los efectos de su inscripción definitiva en el Registro de bienes, con
especial mención de la información que se tiene que remitir al Registro del Ministerio de
Cultura y Deportes.
Quinto.
Proceder a la correspondiente anotación en el Registro de los BIC del Consell Insular
de Menorca.
cve: BOE-A-2021-3981
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 62
Sábado 13 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 29334
III. OTRAS DISPOSICIONES
ADMINISTRACIÓN LOCAL
3981
Resolución de 21 de diciembre de 2020, del Consejo Insular de Menorca,
referente a la declaración como bien de interés cultural, con carácter de lugar
de interés etnológico, de la zona de Punta Nati (Ciutadella).
Acuerdo del Pleno del Consell Insular de Menorca de 21 de diciembre de 2020,
relativo a la aprobación definitiva de la declaración de bien de interés cultural
con carácter de lugar de interés etnológico de la zona de Punta Nati (Ciutadella)
(Exp. 2109-2020-000001)
Primero.
Desestimar las siguientes alegaciones, presentadas contra el acuerdo del Consejo
Ejecutivo de 15 de junio de 2020, por el cual se incoó el expediente de declaración de
Bien de interés cultural del Lugar etnológico de la zona de Punta Nati (Ciutadella), de
acuerdo con las consideraciones técnicas expuestas en el informe de la TAE del Servicio
de patrimonio histórico del CIM de día 18 de noviembre de 2018:
– Jeroni Pascual Vivó, propietario del predio Son Triay (Registro de entrada del CIM
número 16.685 de día 30 de julio de 2020).
– FASTFOR SA, propietaria del predio de ses Truqueries (RE del CIM número
17.151 de día 5 de agosto de 2020).
– Antonio José Montaner Fernández en representación de Bartolomé Florit Bosch,
propietario del predio Torre Nova d’en Lozano (Registro de entrada del CIM número
18.355 de día 19 de agosto de 2020).
Segundo.
Declarar bien de interés cultural, con carácter de lugar de interés etnológico, la zona
de Punta Nati (Ciutadella), según la descripción y la planimetría que figuran en el anexo.
Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establecen la Ley 12/1998,
del patrimonio histórico de las Illes Balears, y la normativa concordante.
Tercero.
Notificar el acuerdo al Ajuntament de Ciutadella, a los propietarios afectados y a las
entidades Societat Històrico-Arqueològica Martí i Bella, Ceconat Menorca SL y Borlumer
SL.
Notificar el acuerdo a la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad del Govern de
las Illes Balears, a los efectos de su inscripción definitiva en el Registro de bienes, con
especial mención de la información que se tiene que remitir al Registro del Ministerio de
Cultura y Deportes.
Quinto.
Proceder a la correspondiente anotación en el Registro de los BIC del Consell Insular
de Menorca.
cve: BOE-A-2021-3981
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.