IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-12062)
TOLEDO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 15501
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
12062
TOLEDO
D. Arturo García del Castillo, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil de Toledo, anuncia:
Que en el Procedimiento Concursal núm. 237/2011, seguido en este órgano
judicial, a instancia del Procurador Sr. Ángel Vicente Arribas Adalid, en nombre y
representación de Construcciones Manuel López Pérez, S.L., se ha dictado auto
de conclusión del concurso en fecha 5 de marzo de 2021, en el cual se ha
acordado lo siguiente:
Declarar la conclusión del concurso de Construcciones Manuel López Pérez,
S.L., con C.I.F. núm. B-45383460, y domicilio en Quintanar de la Orden (Toledo),
Calle Tres Cruces n.º 11.
2.-Archivar las actuaciones por insuficiencia de masa activa para satisfacer
todos los créditos contra la masa.
3.-Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se
contengan en la sentencia firme de calificación.
4.- Se declara extinguida la persona jurídica Construcciones Manuel López
Pérez, S.L., con C.I.F. núm. B45383460, y se acuerda la cancelación de su
inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá
mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.- Dar publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor
urgencia en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro Público Concursal y en
el Tablón de Anuncios del Juzgado y en la forma y con los requisitos establecidos
en el artículo 28 del TRLC, así mismo la publicidad registral necesaria para cuyo
efecto remítanse los respectivos mandamientos al Registro Mercantil de Toledo, a
los fines de que proceda a la anotación del cese de las limitaciones de las
facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes,
salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
Líbrese para ello los correspondientes oficios y mandamientos que serán
entregados al Procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios
de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.
Toledo, 9 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia,
Arturo García del Castillo.
cve: BOE-B-2021-12062
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210014847-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 15501
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
12062
TOLEDO
D. Arturo García del Castillo, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil de Toledo, anuncia:
Que en el Procedimiento Concursal núm. 237/2011, seguido en este órgano
judicial, a instancia del Procurador Sr. Ángel Vicente Arribas Adalid, en nombre y
representación de Construcciones Manuel López Pérez, S.L., se ha dictado auto
de conclusión del concurso en fecha 5 de marzo de 2021, en el cual se ha
acordado lo siguiente:
Declarar la conclusión del concurso de Construcciones Manuel López Pérez,
S.L., con C.I.F. núm. B-45383460, y domicilio en Quintanar de la Orden (Toledo),
Calle Tres Cruces n.º 11.
2.-Archivar las actuaciones por insuficiencia de masa activa para satisfacer
todos los créditos contra la masa.
3.-Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se
contengan en la sentencia firme de calificación.
4.- Se declara extinguida la persona jurídica Construcciones Manuel López
Pérez, S.L., con C.I.F. núm. B45383460, y se acuerda la cancelación de su
inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá
mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.- Dar publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor
urgencia en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro Público Concursal y en
el Tablón de Anuncios del Juzgado y en la forma y con los requisitos establecidos
en el artículo 28 del TRLC, así mismo la publicidad registral necesaria para cuyo
efecto remítanse los respectivos mandamientos al Registro Mercantil de Toledo, a
los fines de que proceda a la anotación del cese de las limitaciones de las
facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes,
salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
Líbrese para ello los correspondientes oficios y mandamientos que serán
entregados al Procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios
de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.
Toledo, 9 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia,
Arturo García del Castillo.
cve: BOE-B-2021-12062
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210014847-1
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