III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2021-3904)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se conceden plazas para la realización de cursos en línea para la formación del profesorado que imparte enseñanzas de Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28774
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Formación
Profesional, por la que se conceden plazas para la realización de cursos en
línea para la formación del profesorado que imparte enseñanzas de
Formación Profesional.
El proceso de digitalización progresiva que están experimentado todos los ámbitos de la
sociedad, y singularmente los distintos procesos productivos en el marco de una economía
industrial y de prestación de servicios globalizada, exigen de las Administraciones públicas
una respuesta estratégica que permita a la ciudadanía, con carácter general, y muy
especialmente a todos los trabajadores, mantener y mejorar sus competencias acorde con la
evolución de los perfiles de los diferentes puestos de trabajo.
El I Plan Estratégico de Formación Profesional del Sistema Educativo 2019-2022,
tiene entre sus objetivos diseñar, desarrollar y consolidar un sistema único de Formación
Profesional que sitúe a estas enseñanzas como pilar fundamental del desarrollo
económico y del bienestar social del país. Este plan consta de nueve ejes que, a su vez,
se desagregan en dieciséis objetivos estratégicos y en cuarenta y cinco líneas de
actuación. De entre esos ejes cabe destacar el eje 1: Colaboración y participación de las
empresas y apertura a los órganos de participación de todos los sectores; el eje 2:
Agilización de la respuesta desde la Formación Profesional a las necesidades de
cualificación de cada sector productivo; y el eje 7: Formación profesorado de FP
asociada a los sectores productivos, como impulsores y determinantes de acciones
formativas como la que se convoca mediante la presente resolución.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de
la formación profesional del sistema educativo, regula en su artículo 27 los cursos de
especialización de formación profesional e indica los requisitos y condiciones a que deben
ajustarse dichos cursos de especialización. En el mismo artículo se indica que versarán sobre
áreas que impliquen una profundización en el campo de conocimiento de los títulos de
referencia, o bien, que supondrán una ampliación de las competencias que se incluyen en los
mismos. Por tanto, en cada curso de especialización se deben especificar los títulos de
formación profesional que dan acceso al mismo.
El Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, atribuye en su
Artículo 5. Secretaría General de Formación Profesional, en el punto m) la coordinación
de la red de centros de referencia nacional y la aprobación de sus planes plurianuales de
actuación, en colaboración con otras administraciones implicadas.
El Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de
Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, en el punto 3, del artículo 2.
Definición, indica que Los Centros de Referencia Nacional podrán incluir acciones formativas
dirigidas a estudiantes, trabajadores ocupados y desempleados, así como a empresarios,
formadores y profesores, relacionadas con la innovación y la experimentación en formación
profesional, vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
La Fundación EOI, F.S.P., fue calificada como Centro de Referencia Nacional
mediante el Real Decreto 991/2014, de 28 de noviembre.
La Secretaría General de Formación Profesional conjuntamente con el Centro de
Referencia Nacional en Comercio Electrónico y Marketing Digital para la FP han
diseñado un curso para la formación del profesorado que imparte enseñanzas de
Formación Profesional del Sistema Educativo.
La presente convocatoria de cursos pretende dar respuesta a la necesidad de
proporcionar una educación inclusiva y de calidad en el ámbito de la Formación
cve: BOE-A-2021-3904
Verificable en https://www.boe.es
3904
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28774
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Formación
Profesional, por la que se conceden plazas para la realización de cursos en
línea para la formación del profesorado que imparte enseñanzas de
Formación Profesional.
El proceso de digitalización progresiva que están experimentado todos los ámbitos de la
sociedad, y singularmente los distintos procesos productivos en el marco de una economía
industrial y de prestación de servicios globalizada, exigen de las Administraciones públicas
una respuesta estratégica que permita a la ciudadanía, con carácter general, y muy
especialmente a todos los trabajadores, mantener y mejorar sus competencias acorde con la
evolución de los perfiles de los diferentes puestos de trabajo.
El I Plan Estratégico de Formación Profesional del Sistema Educativo 2019-2022,
tiene entre sus objetivos diseñar, desarrollar y consolidar un sistema único de Formación
Profesional que sitúe a estas enseñanzas como pilar fundamental del desarrollo
económico y del bienestar social del país. Este plan consta de nueve ejes que, a su vez,
se desagregan en dieciséis objetivos estratégicos y en cuarenta y cinco líneas de
actuación. De entre esos ejes cabe destacar el eje 1: Colaboración y participación de las
empresas y apertura a los órganos de participación de todos los sectores; el eje 2:
Agilización de la respuesta desde la Formación Profesional a las necesidades de
cualificación de cada sector productivo; y el eje 7: Formación profesorado de FP
asociada a los sectores productivos, como impulsores y determinantes de acciones
formativas como la que se convoca mediante la presente resolución.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de
la formación profesional del sistema educativo, regula en su artículo 27 los cursos de
especialización de formación profesional e indica los requisitos y condiciones a que deben
ajustarse dichos cursos de especialización. En el mismo artículo se indica que versarán sobre
áreas que impliquen una profundización en el campo de conocimiento de los títulos de
referencia, o bien, que supondrán una ampliación de las competencias que se incluyen en los
mismos. Por tanto, en cada curso de especialización se deben especificar los títulos de
formación profesional que dan acceso al mismo.
El Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, atribuye en su
Artículo 5. Secretaría General de Formación Profesional, en el punto m) la coordinación
de la red de centros de referencia nacional y la aprobación de sus planes plurianuales de
actuación, en colaboración con otras administraciones implicadas.
El Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de
Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, en el punto 3, del artículo 2.
Definición, indica que Los Centros de Referencia Nacional podrán incluir acciones formativas
dirigidas a estudiantes, trabajadores ocupados y desempleados, así como a empresarios,
formadores y profesores, relacionadas con la innovación y la experimentación en formación
profesional, vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
La Fundación EOI, F.S.P., fue calificada como Centro de Referencia Nacional
mediante el Real Decreto 991/2014, de 28 de noviembre.
La Secretaría General de Formación Profesional conjuntamente con el Centro de
Referencia Nacional en Comercio Electrónico y Marketing Digital para la FP han
diseñado un curso para la formación del profesorado que imparte enseñanzas de
Formación Profesional del Sistema Educativo.
La presente convocatoria de cursos pretende dar respuesta a la necesidad de
proporcionar una educación inclusiva y de calidad en el ámbito de la Formación
cve: BOE-A-2021-3904
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