III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2021-3903)
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Camilo José Cela, para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería de Educación en Marruecos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28764
través de la Consejerías de Educación promueve, dirige y gestiona las distintas actuaciones
en materia de acción educativa y entre la comunidad educativa española y la del país o
países donde desarrolle sus funciones.
II. La Universidad, tiene entre sus funciones la difusión del conocimiento y la cultura
a través de la extensión universitaria y la formación continuada.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con
otras instituciones, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en
práctica de los conocimientos teóricos adquiridos.
III. Que, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que establece la ordenación
de enseñanzas universitarias oficiales contempla, tanto para los estudios de Grado como
para los de Máster, las prácticas externas como formación integrada en los planes de
estudios.
De manera específica, el régimen de prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios se encuentra regulado actualmente por el Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio.
IV. Que los convenios entre universidades y empresas o instituciones, de acuerdo
con el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario, constituyen uno de los fundamentos básicos para permitir, a
través de prácticas externas, la formación integral del alumnado universitario.
V. Que ambas partes consideran que la formación de los estudiantes y titulados
universitarios debe basarse tanto en la adquisición de conocimientos teóricos como
prácticos, con los objetivos de poder orientarse en sus vocaciones profesionales,
incorporarse al mercado laboral en condiciones idóneas, para así responder con eficacia
y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
VI. En virtud de sus mutuos intereses y objetivos, consideran establecer un marco de
colaboración en el que se aprovechen y potencien sus recursos docentes, metodológicos
y de ejercicio para colaborar en los procesos de formación de estudiantes de la Universidad
Camilo José Cela, a través de programas de prácticas.
Con tal fin, acuerdan suscribir el presente Convenio de conformidad con las cláusulas
que figuran a continuación.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Segunda.
A)
Condiciones generales del convenio.
Oferta del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional podrá ofrecer plazas de prácticas
con la periodicidad o cuantía que desee.
cve: BOE-A-2021-3903
Verificable en https://www.boe.es
La finalidad del presente convenio es colaborar con la Universidad Camilo José Cela
en la formación de sus estudiantes a través de un programa de prácticas académicas
externas, que se realizarán en los centros de titularidad del Estado español y en los
programas de la acción educativa exterior del ámbito de gestión de la Consejería de
Educación en Marruecos y cuyo objetivo es permitir a los estudiantes universitarios de
Grado y Master aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación
académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio
de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de
emprendimiento a través de un programa de prácticas integradas de conformidad con lo
dispuesto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios.
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28764
través de la Consejerías de Educación promueve, dirige y gestiona las distintas actuaciones
en materia de acción educativa y entre la comunidad educativa española y la del país o
países donde desarrolle sus funciones.
II. La Universidad, tiene entre sus funciones la difusión del conocimiento y la cultura
a través de la extensión universitaria y la formación continuada.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con
otras instituciones, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en
práctica de los conocimientos teóricos adquiridos.
III. Que, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que establece la ordenación
de enseñanzas universitarias oficiales contempla, tanto para los estudios de Grado como
para los de Máster, las prácticas externas como formación integrada en los planes de
estudios.
De manera específica, el régimen de prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios se encuentra regulado actualmente por el Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio.
IV. Que los convenios entre universidades y empresas o instituciones, de acuerdo
con el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario, constituyen uno de los fundamentos básicos para permitir, a
través de prácticas externas, la formación integral del alumnado universitario.
V. Que ambas partes consideran que la formación de los estudiantes y titulados
universitarios debe basarse tanto en la adquisición de conocimientos teóricos como
prácticos, con los objetivos de poder orientarse en sus vocaciones profesionales,
incorporarse al mercado laboral en condiciones idóneas, para así responder con eficacia
y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
VI. En virtud de sus mutuos intereses y objetivos, consideran establecer un marco de
colaboración en el que se aprovechen y potencien sus recursos docentes, metodológicos
y de ejercicio para colaborar en los procesos de formación de estudiantes de la Universidad
Camilo José Cela, a través de programas de prácticas.
Con tal fin, acuerdan suscribir el presente Convenio de conformidad con las cláusulas
que figuran a continuación.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Segunda.
A)
Condiciones generales del convenio.
Oferta del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional podrá ofrecer plazas de prácticas
con la periodicidad o cuantía que desee.
cve: BOE-A-2021-3903
Verificable en https://www.boe.es
La finalidad del presente convenio es colaborar con la Universidad Camilo José Cela
en la formación de sus estudiantes a través de un programa de prácticas académicas
externas, que se realizarán en los centros de titularidad del Estado español y en los
programas de la acción educativa exterior del ámbito de gestión de la Consejería de
Educación en Marruecos y cuyo objetivo es permitir a los estudiantes universitarios de
Grado y Master aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación
académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio
de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de
emprendimiento a través de un programa de prácticas integradas de conformidad con lo
dispuesto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios.