III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-3923)
Resolución de 3 de marzo de 2021, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, S.A., S.M.E., M.P., y la Universidad Politécnica de Madrid, para el desarrollo de un Curso de Gestión de Residuos Radiactivos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 29045
parcial realizada por ETSII de la UPM. El CIEMAT enviará a ENRESA material gráfico
para su difusión en los medios.
Obligaciones de la UPM:
La UPM, a través del DIE, se ocupará de la dirección académica del curso, lo incluirá
en su Máster Universitario de Ciencia y Tecnología Nuclear y en su Máster Universitario
en Ingeniería de la Energía, realizará la selección de estudiantes de la UPM que
participarán en la actividad, enviando al CIEMAT el acta de selección quien los incluirá
en la selección final de participantes. Además, proporcionará la infraestructura necesaria
para su desarrollo en modalidad presencial en las dependencias de la ETSII de la UPM y
se coordinará con el CIEMAT en la modalidad virtual. Además, aportará el profesorado
experto de la universidad necesario para el desarrollo del curso.
Obligaciones de ENRESA:
ENRESA se obliga al apoyo de las actividades docentes colaborando con
profesorado propio y a la financiación máxima establecida en la cláusula séptima del
presente Convenio, que será destinada a la financiación de los gastos del curso y a la
supervisión del mismo, con arreglo a los términos estipulados en la misma.
Cuarta.
Derechos de propiedad y protección de datos.
En todo cuanto afecte a los datos personales a que pudieran tener acceso durante el
desarrollo de las actividades recogidas en el presente Convenio, las Partes se obligan al
cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y con lo dispuesto en el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD). Los programas
del curso y los materiales didácticos resultado del desarrollo del presente Convenio
serán de propiedad conjunta.
Quinta. Difusión de la colaboración.
El CIEMAT y la UPM se comprometen a difundir la participación de ENRESA en
todas las actividades realizadas al amparo de este Convenio.
Sexta.
Código de conducta empresarial de ENRESA.
La firma del presente Convenio supone el compromiso por parte del CIEMAT y de la
UPM de conocer, observar y respetar lo dispuesto en el código de conducta empresarial
de ENRESA, así como colaborar en evitar su vulneración. El código de conducta
empresarial de ENRESA está publicado en la página web de la entidad (www.enresa.es).
Condiciones económicas.
Para el desarrollo del objeto del presente Convenio, ENRESA aportará para el
desarrollo del curso la cantidad máxima de veinticinco mil doscientos euros (25.200€), y
se efectuará mediante transferencia a la cuenta corriente ES89 0182 2370 4502 0001
9431 del CIEMAT, una vez presentada la documentación justificativa de la colaboración,
consistente en una memoria y relación de gastos, y comprobado su adecuado soporte
documental. Además, el CIEMAT, emitirá un certificado de haber recibido la cantidad
estipulada en el presente convenio.
ENRESA no realizará ninguna otra aportación económica que la prevista
anteriormente y no estará obligada a retribuir al profesorado que imparta la formación.
cve: BOE-A-2021-3923
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 29045
parcial realizada por ETSII de la UPM. El CIEMAT enviará a ENRESA material gráfico
para su difusión en los medios.
Obligaciones de la UPM:
La UPM, a través del DIE, se ocupará de la dirección académica del curso, lo incluirá
en su Máster Universitario de Ciencia y Tecnología Nuclear y en su Máster Universitario
en Ingeniería de la Energía, realizará la selección de estudiantes de la UPM que
participarán en la actividad, enviando al CIEMAT el acta de selección quien los incluirá
en la selección final de participantes. Además, proporcionará la infraestructura necesaria
para su desarrollo en modalidad presencial en las dependencias de la ETSII de la UPM y
se coordinará con el CIEMAT en la modalidad virtual. Además, aportará el profesorado
experto de la universidad necesario para el desarrollo del curso.
Obligaciones de ENRESA:
ENRESA se obliga al apoyo de las actividades docentes colaborando con
profesorado propio y a la financiación máxima establecida en la cláusula séptima del
presente Convenio, que será destinada a la financiación de los gastos del curso y a la
supervisión del mismo, con arreglo a los términos estipulados en la misma.
Cuarta.
Derechos de propiedad y protección de datos.
En todo cuanto afecte a los datos personales a que pudieran tener acceso durante el
desarrollo de las actividades recogidas en el presente Convenio, las Partes se obligan al
cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y con lo dispuesto en el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD). Los programas
del curso y los materiales didácticos resultado del desarrollo del presente Convenio
serán de propiedad conjunta.
Quinta. Difusión de la colaboración.
El CIEMAT y la UPM se comprometen a difundir la participación de ENRESA en
todas las actividades realizadas al amparo de este Convenio.
Sexta.
Código de conducta empresarial de ENRESA.
La firma del presente Convenio supone el compromiso por parte del CIEMAT y de la
UPM de conocer, observar y respetar lo dispuesto en el código de conducta empresarial
de ENRESA, así como colaborar en evitar su vulneración. El código de conducta
empresarial de ENRESA está publicado en la página web de la entidad (www.enresa.es).
Condiciones económicas.
Para el desarrollo del objeto del presente Convenio, ENRESA aportará para el
desarrollo del curso la cantidad máxima de veinticinco mil doscientos euros (25.200€), y
se efectuará mediante transferencia a la cuenta corriente ES89 0182 2370 4502 0001
9431 del CIEMAT, una vez presentada la documentación justificativa de la colaboración,
consistente en una memoria y relación de gastos, y comprobado su adecuado soporte
documental. Además, el CIEMAT, emitirá un certificado de haber recibido la cantidad
estipulada en el presente convenio.
ENRESA no realizará ninguna otra aportación económica que la prevista
anteriormente y no estará obligada a retribuir al profesorado que imparta la formación.
cve: BOE-A-2021-3923
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.