III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-3898)
Resolución de 26 de febrero de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Ayuntamiento de Manilva, para el desarrollo del taller de seguridad vial Taseval de intervención en el medio abierto y en el ámbito de las penas y medidas alternativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Viernes 12 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 28734

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
3898

Resolución de 26 de febrero de 2021, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y el Ayuntamiento de Manilva, para el desarrollo del taller de
seguridad vial Taseval de intervención en el medio abierto y en el ámbito de
las penas y medidas alternativas.

Habiéndose suscrito el 15 de diciembre de 2020 el Convenio entre el Ministerio del
Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y el
Ayuntamiento de Manilva para el desarrollo del taller de seguridad vial Taseval de
intervención en el medio abierto y en el ámbito de las penas y medidas alternativas,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura
como anexo a esta Resolución.
Madrid, 26 de febrero
Antonio Puigserver Martínez.

de

2021.–El

Secretario

General

Técnico,

Juan

ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias, y el Ayuntamiento de Manilva para el desarrollo del
taller de seguridad vial Taseval de intervención en el medio abierto y en el ámbito
de las penas y medidas alternativas
Madrid, a 15 de diciembre de 2020.

De una parte, don Ángel Luis Ortiz González, Secretario General de Instituciones
Penitenciarias del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 504/2018, de 18 de
junio, actuando por delegación de competencias del/la Secretario/a de Estado de
Seguridad, según lo previsto en el apartado noveno, subapartado 2.3 de la Orden
INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se
aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades, en relación con el
artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y con domicilio a los efectos del presente Convenio en la calle Alcalá, 38-40,
28014 de Madrid.
Y de otra parte, don Mario Jiménez Rodríguez, Alcalde del Ayuntamiento de Manilva
(en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de
fecha 15/06/2019, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
Convenio en la calle Mar, 34, 29691, de Manilva (Málaga).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente Convenio y, a tal efecto,

cve: BOE-A-2021-3898
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