III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-3920)
Resolución de 16 de febrero de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publican las cuentas anuales de la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas del ejercicio 2018 y el informe de auditoría.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28967
Aportaciones (en euros)
Dotación de la AECID (1998)
24.040,48
Dotación del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
(1998)
6.010,12
Ampliación por fusión (2000)
- AECID
90.151,81
- INAP
60.101,21
- Ampliación por excedente positivo 1998
9.335,25
Total
189.638,87
Nota 12. Existencias
No hay existencias.
Nota 13. Moneda extranjera
Las diferencias de cambio producidas en ambos ejercicios surgen como consecuencia
de las transacciones en moneda extranjera por servicios recibidos.
Nota 14. Situación Fiscal
Impuesto sobre beneficios
Dado que la Fundación se encuadra dentro de la calificación de "entidades sin fines
lucrativos" a los efectos del Artículo 2 de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las
Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, y que cumple
con los requisitos previstos en el Artículo 3 de esta Ley, la Fundación tiene derecho a
disfrutar del régimen fiscal especial contemplado en la misma, que consiste,
básicamente, en la exención del Impuesto sobre Sociedades para determinados
rendimientos, así como la exención en otra serie de impuestos locales.
cve: BOE-A-2021-3920
Verificable en https://www.boe.es
a. Información sobre el régimen fiscal aplicable a la entidad. En particular, se informará de la
parte de ingresos y resultados que debe incorporarse como base imponible a efectos del
impuesto sobre sociedades:
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28967
Aportaciones (en euros)
Dotación de la AECID (1998)
24.040,48
Dotación del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
(1998)
6.010,12
Ampliación por fusión (2000)
- AECID
90.151,81
- INAP
60.101,21
- Ampliación por excedente positivo 1998
9.335,25
Total
189.638,87
Nota 12. Existencias
No hay existencias.
Nota 13. Moneda extranjera
Las diferencias de cambio producidas en ambos ejercicios surgen como consecuencia
de las transacciones en moneda extranjera por servicios recibidos.
Nota 14. Situación Fiscal
Impuesto sobre beneficios
Dado que la Fundación se encuadra dentro de la calificación de "entidades sin fines
lucrativos" a los efectos del Artículo 2 de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las
Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, y que cumple
con los requisitos previstos en el Artículo 3 de esta Ley, la Fundación tiene derecho a
disfrutar del régimen fiscal especial contemplado en la misma, que consiste,
básicamente, en la exención del Impuesto sobre Sociedades para determinados
rendimientos, así como la exención en otra serie de impuestos locales.
cve: BOE-A-2021-3920
Verificable en https://www.boe.es
a. Información sobre el régimen fiscal aplicable a la entidad. En particular, se informará de la
parte de ingresos y resultados que debe incorporarse como base imponible a efectos del
impuesto sobre sociedades: