III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-3917)
Resolución de 1 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la prórroga del Convenio entre Agencia EFE, SAU, S.M.E., y el Centro Sefarad-Israel, para organizar actividades conjuntas con el ánimo de difundir temas de diferentes ámbitos que se circunscriban al mundo judío y a las relaciones de los países de Israel y de España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28901
Dicho Convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal el día 23 de enero de 2019 y
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 8 de febrero de 2019, entrando por
tanto en vigor en esa fecha y teniendo una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019,
aunque podrá prorrogarse, mediante acuerdo de las partes, por sucesivos periodos de
un (1) año hasta un plazo máximo de 4 años.
En diciembre de 2019 se prorrogó el convenio, previa solicitud de autorización por el
periodo de 1 año, hasta el 31 de diciembre de 2020, siendo inscrito en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
el día 13 de diciembre de 2019 y siendo publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el
día 14 de enero de 2020, entrando por tanto en vigor en esa fecha y teniendo una
vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020,
Ambas partes han acordado la prórroga de dicho convenio en base a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
En virtud de lo previsto en la cláusula cuarta del convenio anteriormente referido,
ambas partes acuerdan prorrogar la vigencia del mismo por un nuevo periodo de (1) un
año, en las mismas condiciones pactadas en el Convenio inicial.
Segunda. Vigencia y eficacia.
Esta adenda se perfecciona con la firma, tendrá eficacia a partir de su inscripción en
el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal y publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y tendrá vigencia hasta
el 31 de diciembre de 2021.
cve: BOE-A-2021-3917
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, las partes firman todas las páginas del presente
documento por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.–
La Presidenta Ejecutiva de la Agencia EFE, S.A.U., S.M.E., Gabriela Cañas Pita de la
Vega.–El Director Gerente de la Agencia EFE, S.A.U., S.M.E., Enrique Cervera Grajera.–
El Director General del Centro Sefarad-Israel, Miguel de Lucas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28901
Dicho Convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal el día 23 de enero de 2019 y
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 8 de febrero de 2019, entrando por
tanto en vigor en esa fecha y teniendo una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019,
aunque podrá prorrogarse, mediante acuerdo de las partes, por sucesivos periodos de
un (1) año hasta un plazo máximo de 4 años.
En diciembre de 2019 se prorrogó el convenio, previa solicitud de autorización por el
periodo de 1 año, hasta el 31 de diciembre de 2020, siendo inscrito en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
el día 13 de diciembre de 2019 y siendo publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el
día 14 de enero de 2020, entrando por tanto en vigor en esa fecha y teniendo una
vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020,
Ambas partes han acordado la prórroga de dicho convenio en base a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
En virtud de lo previsto en la cláusula cuarta del convenio anteriormente referido,
ambas partes acuerdan prorrogar la vigencia del mismo por un nuevo periodo de (1) un
año, en las mismas condiciones pactadas en el Convenio inicial.
Segunda. Vigencia y eficacia.
Esta adenda se perfecciona con la firma, tendrá eficacia a partir de su inscripción en
el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal y publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y tendrá vigencia hasta
el 31 de diciembre de 2021.
cve: BOE-A-2021-3917
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, las partes firman todas las páginas del presente
documento por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.–
La Presidenta Ejecutiva de la Agencia EFE, S.A.U., S.M.E., Gabriela Cañas Pita de la
Vega.–El Director Gerente de la Agencia EFE, S.A.U., S.M.E., Enrique Cervera Grajera.–
El Director General del Centro Sefarad-Israel, Miguel de Lucas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X