IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-12037)
BARCELONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 15476
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
12037
BARCELONA
Don Francesc Xavier Rafi Roig, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil, n.º 9, de Barcelona,
Hago saber: Que en el procedimiento Homologación acuerdo refinanciación
1575/2020; el día 28/1/2021 se ha dictado una resolución que complementa el auto
de fecha 20/11/2020 de homologación de acuerdo de refinanciación con el tenor
literal siguiente:
"DISPONGO:
COMPLETO el auto de 20 de noviembre de 2020 AÑADIENDO al final del
Razonamiento Jurídico Primero y del punto 4 de la Parte Dispositiva a la entidad
Targobank, S.A., como entidad disidente, suprimiéndose del listado de entidades
adheridas al acuerdo de refinanciación, de modo que:
-el último párrafo del Razonamiento Jurídico Primero quedará redactado:
'Los acreedores titulares del pasivo financiero disidentes son: Abanca
Corporación Bancaria, S.A., Caixa Geral, S.A., Ibercaja Banco, S.A., Liberbank,
S.A., Novo Banco, S.A. Sucursal en España, Banco de Sabadell, S.A., Savia
Financiación, S.A., Kutxabank, S.A. y Targobank, S.A.'
-el punto 4 de la Parte Dispositiva quedará redactado:
'4.- Acuerdo la extensión de los efectos previstos en el acuerdo de
refinanciación respecto de las siguientes entidades disidentes: Abanca
Corporación Bancaria, S.A., Caixa Geral, S.A., Ibercaja Banco, S.A., Liberbank,
S.A., Novo Banco, S.A. Sucursal en España, Banco de Sabadell, S.A., Savia
Financiación, S.A., Kutxabank, S.A. y Targobank, S.A.'
Contra esta resolución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de los recursos
que procedan contra el auto que se ha completado (art. 215.5 LEC)
Así lo pronuncio, mando y firmo".
Barcelona, 3 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia,
Francesc Xavier Rafi Roig.
cve: BOE-B-2021-12037
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210014959-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 15476
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
12037
BARCELONA
Don Francesc Xavier Rafi Roig, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil, n.º 9, de Barcelona,
Hago saber: Que en el procedimiento Homologación acuerdo refinanciación
1575/2020; el día 28/1/2021 se ha dictado una resolución que complementa el auto
de fecha 20/11/2020 de homologación de acuerdo de refinanciación con el tenor
literal siguiente:
"DISPONGO:
COMPLETO el auto de 20 de noviembre de 2020 AÑADIENDO al final del
Razonamiento Jurídico Primero y del punto 4 de la Parte Dispositiva a la entidad
Targobank, S.A., como entidad disidente, suprimiéndose del listado de entidades
adheridas al acuerdo de refinanciación, de modo que:
-el último párrafo del Razonamiento Jurídico Primero quedará redactado:
'Los acreedores titulares del pasivo financiero disidentes son: Abanca
Corporación Bancaria, S.A., Caixa Geral, S.A., Ibercaja Banco, S.A., Liberbank,
S.A., Novo Banco, S.A. Sucursal en España, Banco de Sabadell, S.A., Savia
Financiación, S.A., Kutxabank, S.A. y Targobank, S.A.'
-el punto 4 de la Parte Dispositiva quedará redactado:
'4.- Acuerdo la extensión de los efectos previstos en el acuerdo de
refinanciación respecto de las siguientes entidades disidentes: Abanca
Corporación Bancaria, S.A., Caixa Geral, S.A., Ibercaja Banco, S.A., Liberbank,
S.A., Novo Banco, S.A. Sucursal en España, Banco de Sabadell, S.A., Savia
Financiación, S.A., Kutxabank, S.A. y Targobank, S.A.'
Contra esta resolución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de los recursos
que procedan contra el auto que se ha completado (art. 215.5 LEC)
Así lo pronuncio, mando y firmo".
Barcelona, 3 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia,
Francesc Xavier Rafi Roig.
cve: BOE-B-2021-12037
Verificable en https://www.boe.es
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