II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-3814)
Resolución de 26 de febrero de 2021, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60
Jueves 11 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 28396
Segunda.
Además de los requisitos generales para ser admitidos al concurso, los candidatos
deberán reunir los siguientes requisitos específicos:
– Podrán concurrir a la provisión de las plazas vacantes de Catedráticos de
Universidad que figuran en el anexo I quienes tengan una antigüedad de al menos dos
años de servicio activo en el puesto, obtenido mediante concurso, y sean:
a) Funcionarios/as del Cuerpo de Catedráticos de Universidad de las distintas
Universidades del territorio nacional.
b) Funcionarios/as de las Escalas de Profesores de Investigación de Organismos
Públicos de Investigación del área de conocimiento al que corresponda la vacante, que
dispongan de acreditación para Catedráticos de Universidad.
– Podrán concurrir a la provisión de las plazas vacantes de Profesor Titular de
Universidad que figuran en el anexo I quienes tengan una antigüedad de al menos dos
años de servicio activo en el puesto, obtenido mediante concurso, y sean:
a) Funcionarios/as del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad de las
distintas Universidades del territorio nacional.
b) Funcionarios/as de las Escalas de Investigadores Científicos de Organismos
Públicos de Investigación y de Científicos Titulares de Organismos Públicos de
Investigación, del área de conocimiento a la que corresponda la vacante, que dispongan
de acreditación para Profesores Titulares de Universidad.
Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión.
Tercera.
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base Segunda para participar en el concurso de provisión de
vacantes.
c) Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Alcalá, la cantidad de 41,92
Euros en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia bancaria deberá
ser efectuado en el Banco de Santander, en la cuenta ES03 0049 6692 8727 1621 6204
con el título «Universidad de Alcalá. Derechos de Examen. Pruebas PDI», abierta en
dicha entidad. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de
instancias no es subsanable, y determinará la exclusión del aspirante.
Así mismo, y de conformidad con Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios
Públicos de la Comunidad de Madrid, estarán exentos del pago de la tasa, debiéndose
acompañar la acreditación junto a la solicitud:
– Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
– Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
cve: BOE-A-2021-3814
Verificable en https://www.boe.es
Quienes deseen tomar parte en el concurso de provisión de vacantes remitirán la
correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Alcalá, por cualquiera de los
procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo
LPACAP), en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el BOE, mediante instancia debidamente cumplimentada,
según modelo que se acompaña en el anexo II, junto con los siguientes documentos que
acrediten que reúnen los requisitos para participar en el presente concurso:
Núm. 60
Jueves 11 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 28396
Segunda.
Además de los requisitos generales para ser admitidos al concurso, los candidatos
deberán reunir los siguientes requisitos específicos:
– Podrán concurrir a la provisión de las plazas vacantes de Catedráticos de
Universidad que figuran en el anexo I quienes tengan una antigüedad de al menos dos
años de servicio activo en el puesto, obtenido mediante concurso, y sean:
a) Funcionarios/as del Cuerpo de Catedráticos de Universidad de las distintas
Universidades del territorio nacional.
b) Funcionarios/as de las Escalas de Profesores de Investigación de Organismos
Públicos de Investigación del área de conocimiento al que corresponda la vacante, que
dispongan de acreditación para Catedráticos de Universidad.
– Podrán concurrir a la provisión de las plazas vacantes de Profesor Titular de
Universidad que figuran en el anexo I quienes tengan una antigüedad de al menos dos
años de servicio activo en el puesto, obtenido mediante concurso, y sean:
a) Funcionarios/as del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad de las
distintas Universidades del territorio nacional.
b) Funcionarios/as de las Escalas de Investigadores Científicos de Organismos
Públicos de Investigación y de Científicos Titulares de Organismos Públicos de
Investigación, del área de conocimiento a la que corresponda la vacante, que dispongan
de acreditación para Profesores Titulares de Universidad.
Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión.
Tercera.
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base Segunda para participar en el concurso de provisión de
vacantes.
c) Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Alcalá, la cantidad de 41,92
Euros en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia bancaria deberá
ser efectuado en el Banco de Santander, en la cuenta ES03 0049 6692 8727 1621 6204
con el título «Universidad de Alcalá. Derechos de Examen. Pruebas PDI», abierta en
dicha entidad. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de
instancias no es subsanable, y determinará la exclusión del aspirante.
Así mismo, y de conformidad con Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios
Públicos de la Comunidad de Madrid, estarán exentos del pago de la tasa, debiéndose
acompañar la acreditación junto a la solicitud:
– Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
– Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
cve: BOE-A-2021-3814
Verificable en https://www.boe.es
Quienes deseen tomar parte en el concurso de provisión de vacantes remitirán la
correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Alcalá, por cualquiera de los
procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo
LPACAP), en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el BOE, mediante instancia debidamente cumplimentada,
según modelo que se acompaña en el anexo II, junto con los siguientes documentos que
acrediten que reúnen los requisitos para participar en el presente concurso: