III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Cádiz. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-3827)
Resolución de 2 de febrero de 2021, del Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Cádiz, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2018 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 11 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28463
3. Normas de reconocimiento y valoración
El criterio de valoración seguido para el inmovilizado material es, en general, el del precio de
adquisición. En el caso del patrimonio cedido se ha atendido al valor que se ha tenido disponible
o ha sido facilitado por la entidad cedente. Los bienes se amortizan por el método lineal,
siguiendo, en la medida de lo posible, las tablas de criterios de amortización establecidas por la
UNED.
En el presente ejercicio todavía no ha sido posible incluir las instalaciones que se disponen en el
municipio de Jerez de la Frontera al no disponer de datos sobre la misma a pesar de que haberlos
solicitado reiteradas veces al Ayuntamiento. En el caso del Aula de Olvera se nos han facilitado
los valores catastrales del suelo y de la construcción y en el caso del edificio del Centro Asociado
el valor que tenía en inventario el edificio, si bien, en este caso, no se ha podido obtener los
valores segregados de construcción y suelo, que se incorporarán en el momento en que se
dispongan.
.
Respecto de los ingresos y gastos se ha aplicado el principio del devengo.
En relación con las transferencias y subvenciones, igualmente, se ha aplicado el principio del
devengo. Las de corriente han sido aplicadas al resultado del ejercicio y las que son para
adquisición del inmovilizado se aplican al resultado por el importe de la amortización
correspondiente a cada ejercicio.
cve: BOE-A-2021-3827
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 60
Jueves 11 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28463
3. Normas de reconocimiento y valoración
El criterio de valoración seguido para el inmovilizado material es, en general, el del precio de
adquisición. En el caso del patrimonio cedido se ha atendido al valor que se ha tenido disponible
o ha sido facilitado por la entidad cedente. Los bienes se amortizan por el método lineal,
siguiendo, en la medida de lo posible, las tablas de criterios de amortización establecidas por la
UNED.
En el presente ejercicio todavía no ha sido posible incluir las instalaciones que se disponen en el
municipio de Jerez de la Frontera al no disponer de datos sobre la misma a pesar de que haberlos
solicitado reiteradas veces al Ayuntamiento. En el caso del Aula de Olvera se nos han facilitado
los valores catastrales del suelo y de la construcción y en el caso del edificio del Centro Asociado
el valor que tenía en inventario el edificio, si bien, en este caso, no se ha podido obtener los
valores segregados de construcción y suelo, que se incorporarán en el momento en que se
dispongan.
.
Respecto de los ingresos y gastos se ha aplicado el principio del devengo.
En relación con las transferencias y subvenciones, igualmente, se ha aplicado el principio del
devengo. Las de corriente han sido aplicadas al resultado del ejercicio y las que son para
adquisición del inmovilizado se aplican al resultado por el importe de la amortización
correspondiente a cada ejercicio.
cve: BOE-A-2021-3827
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 60