III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Ciudad Real. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-3828)
Resolución de 15 de febrero de 2021, del Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Ciudad Real, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60
Jueves 11 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28491
información presupuestaria correspondiente al ejercicio 2019, al no incluirse en los Presupuestos
Generales del Estado el Presupuesto correspondiente al Centro asociado.
De conformidad con la disposición transitoria cuarta de la Resolución IGAE de 10/10/2018 el Centro
asociado no presenta en las notas 10 y 11 de la memoria información sobre el coste de las
actividades e indicadores de gestión correspondiente al ejercicio 2019, al no tratarse de un
contenido obligatorio hasta las Cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2020.
V.
Responsabilidad de la Dirección del Centro asociado en la auditoría en
relación con las cuentas anuales
La Dirección del Centro asociado es responsable de formular las Cuentas anuales adjuntas, de forma
que expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la
entidad, de conformidad con el marco normativo de información financiera aplicable a la entidad
en España, y del control interno que consideren necesario para permitir la preparación de cuentas
anuales libres de incorrección material, debida a fraude o error.
En la preparación de las Cuentas anuales, la Dirección del Centro asociado es responsable de la
valoración de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento,
revelando, según corresponda, las cuestiones relacionadas con la empresa en funcionamiento y
utilizando el principio contable de empresa en funcionamiento excepto si el órgano de gestión tiene
la intención o la obligación legal de liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista
otra alternativa realista.
VI.
Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de las cuentas
anuales
están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que
contiene nuestra opinión.
cve: BOE-A-2021-3828
Verificable en https://www.boe.es
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que las Cuentas anuales en su conjunto
Núm. 60
Jueves 11 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28491
información presupuestaria correspondiente al ejercicio 2019, al no incluirse en los Presupuestos
Generales del Estado el Presupuesto correspondiente al Centro asociado.
De conformidad con la disposición transitoria cuarta de la Resolución IGAE de 10/10/2018 el Centro
asociado no presenta en las notas 10 y 11 de la memoria información sobre el coste de las
actividades e indicadores de gestión correspondiente al ejercicio 2019, al no tratarse de un
contenido obligatorio hasta las Cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2020.
V.
Responsabilidad de la Dirección del Centro asociado en la auditoría en
relación con las cuentas anuales
La Dirección del Centro asociado es responsable de formular las Cuentas anuales adjuntas, de forma
que expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la
entidad, de conformidad con el marco normativo de información financiera aplicable a la entidad
en España, y del control interno que consideren necesario para permitir la preparación de cuentas
anuales libres de incorrección material, debida a fraude o error.
En la preparación de las Cuentas anuales, la Dirección del Centro asociado es responsable de la
valoración de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento,
revelando, según corresponda, las cuestiones relacionadas con la empresa en funcionamiento y
utilizando el principio contable de empresa en funcionamiento excepto si el órgano de gestión tiene
la intención o la obligación legal de liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista
otra alternativa realista.
VI.
Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de las cuentas
anuales
están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que
contiene nuestra opinión.
cve: BOE-A-2021-3828
Verificable en https://www.boe.es
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que las Cuentas anuales en su conjunto