I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Presupuestos. (BOE-A-2021-3764)
Ley 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60
Jueves 11 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 28221
Artículo 3. Presupuestos de los organismos autónomos.
1. En los estados de gastos de los presupuestos de los organismos autónomos se
conceden créditos de pago y de compromiso por los siguientes importes, cuyo desglose
en ejercicios presupuestarios posteriores a 2021 será el que se detalla en el anexo I de
esta ley:
Organismos autónomos
Créditos
de pago
Créditos de
compromiso
Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos.
50.910.000
36.674.400
Academia Vasca de Policía y Emergencias.
24.572.000
6.471.191
Instituto Vasco de Administración Pública.
20.550.000
9.460.000
Instituto Vasco de Estadística.
14.809.000
5.809.000
7.406.000
937.657
15.628.000
7.860.288
7.118.000
1.713.393
925.826.000
98.863.070
Autoridad Vasca de la Competencia.
1.663.000
50.000
Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos.
2.093.000
123.000
Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales.
Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.
Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
2. Los estados de ingresos de los presupuestos de los organismos autónomos
mencionados ascienden al mismo importe total que los créditos de pago consignados para
cada uno de ellos. En particular, se incluyen en el estado de ingresos de cada uno de estos
organismos las cantidades que se detallan a continuación, correspondientes a remanentes
de tesorería propios:
Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos.
Remanentes
de tesorería
400.000
Academia Vasca de Policía y Emergencias.
1.400.000
Instituto Vasco de Administración Pública.
2.300.000
Instituto Vasco de Estadística.
500.000
Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
318.334
Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales.
Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.
Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Autoridad Vasca de la Competencia.
Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos.
2.200.000
800.000
10.000.000
426.291
20.000
Artículo 4. Presupuestos de los entes públicos de derecho privado.
En los presupuestos de explotación y de capital de los entes públicos de derecho
privado se aprueban dotaciones por los importes que se detallan en el cuadro siguiente,
estimándose los recursos en idénticas cuantías. Por su parte, el estado de compromisos
futuros asciende a los importes que también se detallan a continuación, cuyo desglose en
ejercicios presupuestarios posteriores a 2021 será el que se establece en el anexo I.
cve: BOE-A-2021-3764
Verificable en https://www.boe.es
Organismos autónomos
Núm. 60
Jueves 11 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 28221
Artículo 3. Presupuestos de los organismos autónomos.
1. En los estados de gastos de los presupuestos de los organismos autónomos se
conceden créditos de pago y de compromiso por los siguientes importes, cuyo desglose
en ejercicios presupuestarios posteriores a 2021 será el que se detalla en el anexo I de
esta ley:
Organismos autónomos
Créditos
de pago
Créditos de
compromiso
Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos.
50.910.000
36.674.400
Academia Vasca de Policía y Emergencias.
24.572.000
6.471.191
Instituto Vasco de Administración Pública.
20.550.000
9.460.000
Instituto Vasco de Estadística.
14.809.000
5.809.000
7.406.000
937.657
15.628.000
7.860.288
7.118.000
1.713.393
925.826.000
98.863.070
Autoridad Vasca de la Competencia.
1.663.000
50.000
Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos.
2.093.000
123.000
Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales.
Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.
Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
2. Los estados de ingresos de los presupuestos de los organismos autónomos
mencionados ascienden al mismo importe total que los créditos de pago consignados para
cada uno de ellos. En particular, se incluyen en el estado de ingresos de cada uno de estos
organismos las cantidades que se detallan a continuación, correspondientes a remanentes
de tesorería propios:
Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos.
Remanentes
de tesorería
400.000
Academia Vasca de Policía y Emergencias.
1.400.000
Instituto Vasco de Administración Pública.
2.300.000
Instituto Vasco de Estadística.
500.000
Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
318.334
Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales.
Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.
Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Autoridad Vasca de la Competencia.
Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos.
2.200.000
800.000
10.000.000
426.291
20.000
Artículo 4. Presupuestos de los entes públicos de derecho privado.
En los presupuestos de explotación y de capital de los entes públicos de derecho
privado se aprueban dotaciones por los importes que se detallan en el cuadro siguiente,
estimándose los recursos en idénticas cuantías. Por su parte, el estado de compromisos
futuros asciende a los importes que también se detallan a continuación, cuyo desglose en
ejercicios presupuestarios posteriores a 2021 será el que se establece en el anexo I.
cve: BOE-A-2021-3764
Verificable en https://www.boe.es
Organismos autónomos