IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-11835)
COLLADO VILLALBA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60

Jueves 11 de marzo de 2021

Sec. IV. Pág. 15110

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

11835

COLLADO VILLALBA

Edicto.
Doña M.ª Ángeles Castilla Torres, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Collado Villalba,
Hago saber: Que en el procedimiento concursal número 25/2021, referente al
concursado doña Mirta Luisa Rodríguez y don Julio Armando Ganin, por Auto de
fecha 4 de febrero de 2021, cuya parte dispositiva establece:
"- Declarar en concurso abreviado y voluntario a los cónyuges Don Julio
Armando Ganin Mozza y Dña. Mirta Luisa Rodriguez toda vez que ha sido
acreditado su estado de insolvencia, con apertura de la fase de liquidación, según
con su tramitación conforme establecen los arts. 522 y ss. del TRLC que para el
consecutivo se estipulan en los arts. 695 y ss. del TRLC.
- Considerar el concurso con el carácter de voluntario.
- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su
patrimonio quedan suspendidas en los términos de los arts. 106, 413 y 717 del
TRLC.
-Llamar, de conformidad con lo dispuesto en el art. 255 del TRLC, a todos los
acreedores del concursado, para que en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a la publicación del correspondiente Edicto en el BOE comuniquen a la
Administración Concursal la existencia de su crédito, por el medio previsto en los
arts. 256 y ss. del TRLC.
El Administrador Concursal deberá poner de manifiesto al Juzgado la
existencia de los nuevos créditos.
La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier
otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ella y
se dirigirá a la Administración Concursal por medios electrónicos señalados a tal
electo.
- Realizar por la Administración Concursal, una vez acepte el cargo, y sin
demora alguna, una comunicación individualizada en los términos previstos en el
art. 252 del TRLC.
La comunicación deberá realizarse por medios electrónicos a la AEAT y a la
TGSS a través de los medios que éstos habiliten en sus respectivas sedes
electrónicas.
- Administrador Concursal - D. David Uría Gonzalez-Abogado.

-Dirección electrónica duria@iberlega.es
- Teléfono 696395288".
Collado Villalba, 26 de febrero de 2021.- La Letrada de la Admón. de Justicia,
M.ª Ángeles Castilla Torres.
ID: A210014348-1

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