III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-3761)
Resolución de 20 de enero de 2021, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
64 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Miércoles 10 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28178
4. Normas de reconocimiento y valoración
1. Inmovilizado material.
Los bienes comprendidos en el inmovilizado material se valoran por su precio de adquisición,
este valor se irá incrementando por desembolsos posteriores de ampliación, modernización,
sustitución o renovación que representan un aumento de la productividad, capacidad eficacia o
un alargamiento de la vida útil del bien.
Los bienes recibidos de forma gratuita se valoran conforme a los dispuesto en la NRV 18ª del
PGCP (ver pto 13 de este apartado) y la NRV 19ª de adscripciones y otras cesiones de uso de
bienes y derechos
La amortización se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal, tomando
como vida útil el período establecido en las tablas de amortización previstas en la Resolución de
la IGAE de 14 de diciembre de 1999 por la que se regulan determinadas operaciones contables
a realizar a fin de ejercicio.
El deterioro del valor de un activo perteneciente al inmovilizado material se determinará por la
cantidad que exceda el valor contable de un activo a su importe recuperable.
3. Inmovilizado intangible.
El inmovilizado intangible se valora por su precio de adquisición y su valor se irá incrementando
por desembolsos posteriores, cuando este desembolso permita generar rendimientos
económicos futuros o un potencial de servicio.
Los bienes de esta naturaleza, recibidos con carácter gratuito, se valoran conforme a lo
dispuesto en la NRV 18ª del PGC (ver pto 13 de este apartado) y la NRV 19ª de adscripciones y
otras cesiones de uso de bienes y derechos
Las cuotas de amortización se determinan por el método lineal. Se toma como vida útil el
período establecido en las tablas de amortización previstas en la Resolución de la IGAE de 14 de
diciembre de 1999 por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de
Para el inmovilizado recibido de forma gratuita se valora teniendo en cuenta lo establecido tanto
en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y su Reglamento, como en el impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
cve: BOE-A-2021-3761
Verificable en https://www.boe.es
ejercicio.
Núm. 59
Miércoles 10 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28178
4. Normas de reconocimiento y valoración
1. Inmovilizado material.
Los bienes comprendidos en el inmovilizado material se valoran por su precio de adquisición,
este valor se irá incrementando por desembolsos posteriores de ampliación, modernización,
sustitución o renovación que representan un aumento de la productividad, capacidad eficacia o
un alargamiento de la vida útil del bien.
Los bienes recibidos de forma gratuita se valoran conforme a los dispuesto en la NRV 18ª del
PGCP (ver pto 13 de este apartado) y la NRV 19ª de adscripciones y otras cesiones de uso de
bienes y derechos
La amortización se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal, tomando
como vida útil el período establecido en las tablas de amortización previstas en la Resolución de
la IGAE de 14 de diciembre de 1999 por la que se regulan determinadas operaciones contables
a realizar a fin de ejercicio.
El deterioro del valor de un activo perteneciente al inmovilizado material se determinará por la
cantidad que exceda el valor contable de un activo a su importe recuperable.
3. Inmovilizado intangible.
El inmovilizado intangible se valora por su precio de adquisición y su valor se irá incrementando
por desembolsos posteriores, cuando este desembolso permita generar rendimientos
económicos futuros o un potencial de servicio.
Los bienes de esta naturaleza, recibidos con carácter gratuito, se valoran conforme a lo
dispuesto en la NRV 18ª del PGC (ver pto 13 de este apartado) y la NRV 19ª de adscripciones y
otras cesiones de uso de bienes y derechos
Las cuotas de amortización se determinan por el método lineal. Se toma como vida útil el
período establecido en las tablas de amortización previstas en la Resolución de la IGAE de 14 de
diciembre de 1999 por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de
Para el inmovilizado recibido de forma gratuita se valora teniendo en cuenta lo establecido tanto
en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y su Reglamento, como en el impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
cve: BOE-A-2021-3761
Verificable en https://www.boe.es
ejercicio.