III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-3761)
Resolución de 20 de enero de 2021, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 10 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28175
3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización
y corrección de errores.
3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de
contabilización y corrección de errores.
1.-Apreciado error en el registro contable del valor del derecho de superficie cedido por el
Ayuntamiento de las Rozas, se procede a la adaptación de su valor razonable en el siguiente
sentido:
-Cargo cuenta (209) “Otro inmovilizado intangible” en 4.080.872,28 euros;
-Abono en la cuenta (130) “Subvenciones para la financiación del inmovilizado no
financiero y activos en estado de venta” por tratarse de una cesión gratuita, por importe de
4.080.872,28 euros;
- Abono en la cuenta (2809) “Amortización acumulada de otro inmovilizado intangible”
por 303.350,86 euros, por la actualización de esta partida (periodo febrero 2013 al
31/12/2018).
- Cargo en la cuenta (130), por 293.083,84 euros, por la regularización del importe que
debería haberse traspasado como resultado del ejercicio (periodo febrero 2013 al
31/12/2018).
-Cargo en la cuenta (120) “Resultados de ejercicios anteriores”, por importe de
10.267,02 euros, por excesos de imputación a ingresos en ejercicios anteriores.
2.-Corrección del error en el registro contable del terreno del edificio “Gregorio
Marañón”
- Abono en la cuenta (210) “Terrenos y bienes naturales” por 1.553.600 euros.
- Cargo en la cuenta (130) “Subvenciones para la financiación del inmovilizado no
financiero y activos en estado de venta” por 1.553.600 euros
3.- La Universidad procede a ajustar el registro contable de los ingresos de matrícula al
criterio contable de devengo, considerado la información disponible en el periodo de
matrícula. La falta de información concreta relativa a los ejercicios precedentes, en los que
se periodificaba en función de los cobros en lugar de atender estrictamente al derecho
surgido en el momento de efectuar la matricula, impide adaptar las cifras de ejercicios
anteriores.
4.- Las becas generales y de familia numerosas solicitadas por los estudiantes de enseñanzas
oficiales se reconocen como derecho por el importe total de matrícula que quedaría exento
de pago si se concedieran. El importe correspondiente a la gratuidad por discapacidad se
contabiliza por la asignación presupuestaria que figura a favor de la Universidad por este
concepto en los Presupuestos Generales del Estado, independientemente del volumen de
solicitudes formuladas y ello en concordancia con un criterio de prudencia en la valoración
del ingreso a percibir
cve: BOE-A-2021-3761
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 59
Miércoles 10 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28175
3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización
y corrección de errores.
3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de
contabilización y corrección de errores.
1.-Apreciado error en el registro contable del valor del derecho de superficie cedido por el
Ayuntamiento de las Rozas, se procede a la adaptación de su valor razonable en el siguiente
sentido:
-Cargo cuenta (209) “Otro inmovilizado intangible” en 4.080.872,28 euros;
-Abono en la cuenta (130) “Subvenciones para la financiación del inmovilizado no
financiero y activos en estado de venta” por tratarse de una cesión gratuita, por importe de
4.080.872,28 euros;
- Abono en la cuenta (2809) “Amortización acumulada de otro inmovilizado intangible”
por 303.350,86 euros, por la actualización de esta partida (periodo febrero 2013 al
31/12/2018).
- Cargo en la cuenta (130), por 293.083,84 euros, por la regularización del importe que
debería haberse traspasado como resultado del ejercicio (periodo febrero 2013 al
31/12/2018).
-Cargo en la cuenta (120) “Resultados de ejercicios anteriores”, por importe de
10.267,02 euros, por excesos de imputación a ingresos en ejercicios anteriores.
2.-Corrección del error en el registro contable del terreno del edificio “Gregorio
Marañón”
- Abono en la cuenta (210) “Terrenos y bienes naturales” por 1.553.600 euros.
- Cargo en la cuenta (130) “Subvenciones para la financiación del inmovilizado no
financiero y activos en estado de venta” por 1.553.600 euros
3.- La Universidad procede a ajustar el registro contable de los ingresos de matrícula al
criterio contable de devengo, considerado la información disponible en el periodo de
matrícula. La falta de información concreta relativa a los ejercicios precedentes, en los que
se periodificaba en función de los cobros en lugar de atender estrictamente al derecho
surgido en el momento de efectuar la matricula, impide adaptar las cifras de ejercicios
anteriores.
4.- Las becas generales y de familia numerosas solicitadas por los estudiantes de enseñanzas
oficiales se reconocen como derecho por el importe total de matrícula que quedaría exento
de pago si se concedieran. El importe correspondiente a la gratuidad por discapacidad se
contabiliza por la asignación presupuestaria que figura a favor de la Universidad por este
concepto en los Presupuestos Generales del Estado, independientemente del volumen de
solicitudes formuladas y ello en concordancia con un criterio de prudencia en la valoración
del ingreso a percibir
cve: BOE-A-2021-3761
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Núm. 59