II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-3728)
Resolución de 18 de febrero de 2021, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Miércoles 10 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 27707
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
UNIVERSIDADES
3728
Resolución de 18 de febrero de 2021, de la Universidad de Alcalá, por la que
se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de
diciembre, de Universidades, según la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007 (en
adelante LOMLOU), en el artículo 3 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que
se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios (en
adelante RDC), en el artículo 116 y 116 bis de los Estatutos de la Universidad de Alcalá,
aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de octubre, del Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid modificados por Decreto 18/2012, de 26 de enero (en adelante EUAH).
Una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su
sesión de 28 de agosto de 2018, la convocatoria de plazas de funcionarios de los cuerpos
docentes correspondientes al 100% de la tasa de reposición de plazas de funcionarios
docentes en virtud de las bajas producidas en el año 2017, y tras la publicación de la
Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el ejercicio 2018 de la
Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 20 septiembre de 2018 (BOCM de 4 de
octubre de 2018).
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se
relacionan en el Anexo I de la presente Resolución de acuerdo a lo dispuesto en la
LOMLOU, el RDC, los EUAH, así como, con carácter supletorio, por lo previsto en la
legislación general de funcionarios civiles del Estado., y con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores,
así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los descendientes
y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a
sus expensas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo
deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de
vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18
de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus
organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho
a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
b) Edad: Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber superado los
setenta.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la
Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya
nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a
cve: BOE-A-2021-3728
Verificable en https://www.boe.es
Para ser admitido a este concurso son necesarios los siguientes requisitos generales:
Núm. 59
Miércoles 10 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 27707
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
UNIVERSIDADES
3728
Resolución de 18 de febrero de 2021, de la Universidad de Alcalá, por la que
se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de
diciembre, de Universidades, según la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007 (en
adelante LOMLOU), en el artículo 3 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que
se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios (en
adelante RDC), en el artículo 116 y 116 bis de los Estatutos de la Universidad de Alcalá,
aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de octubre, del Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid modificados por Decreto 18/2012, de 26 de enero (en adelante EUAH).
Una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su
sesión de 28 de agosto de 2018, la convocatoria de plazas de funcionarios de los cuerpos
docentes correspondientes al 100% de la tasa de reposición de plazas de funcionarios
docentes en virtud de las bajas producidas en el año 2017, y tras la publicación de la
Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el ejercicio 2018 de la
Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 20 septiembre de 2018 (BOCM de 4 de
octubre de 2018).
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se
relacionan en el Anexo I de la presente Resolución de acuerdo a lo dispuesto en la
LOMLOU, el RDC, los EUAH, así como, con carácter supletorio, por lo previsto en la
legislación general de funcionarios civiles del Estado., y con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores,
así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los descendientes
y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a
sus expensas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo
deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de
vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18
de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus
organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho
a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
b) Edad: Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber superado los
setenta.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la
Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya
nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a
cve: BOE-A-2021-3728
Verificable en https://www.boe.es
Para ser admitido a este concurso son necesarios los siguientes requisitos generales: