IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-11737)
MÁLAGA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Miércoles 10 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 14951
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
11737
MÁLAGA
Doña Amelia María Puertas Fariña, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga, por el presente,
Hago saber:
Que en el procedimiento de concurso voluntario número 310/2011 seguido en
este juzgado se ha dictado en pieza separada de conclusión concurso y rendición
de cuentas número 310.12/2011 con fecha 23/11/2020 auto, acordando la
conclusión del procedimiento por insuficiencia de masa activa para el pago de
créditos contra la masa de la entidad Implanta Seguridad, S.L., con CIF B92.766.427, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Parte dispositiva:
Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores
de la mercantil Implanta Seguridad, S.L., por insuficiencia de masa activa para el
pago de créditos contra la masa.
Acuerdo el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y de
disposición del concursado y el cese de la administración concursal.
Acuerdo la extinción de la persona jurídica concursada, ordenando la
cancelación de su inscripción en el registro mercantil, debiéndose emitir los
mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.
Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración
concursal. Esta aprobación no prejuzga la procedencia o improcedencia de la
acción de responsabilidad de los administradores concursales.
La conclusión del concurso produce los efectos regulados en los artículos 483
y siguientes del TRLC.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Este auto se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el
auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público Concursal y,
por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado.
Se acuerda el archivo del presente procedimiento
Así lo acuerda y firma D.ª Rocío Marina Coll, Magistrada-Juez titular del
Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga y su Partido.
Málaga, 23 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de
Justicia, Amelia María Puertas Fariña.
ID: A210014084-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-11737
Verificable en https://www.boe.es
Doy fe.
Núm. 59
Miércoles 10 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 14951
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
11737
MÁLAGA
Doña Amelia María Puertas Fariña, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga, por el presente,
Hago saber:
Que en el procedimiento de concurso voluntario número 310/2011 seguido en
este juzgado se ha dictado en pieza separada de conclusión concurso y rendición
de cuentas número 310.12/2011 con fecha 23/11/2020 auto, acordando la
conclusión del procedimiento por insuficiencia de masa activa para el pago de
créditos contra la masa de la entidad Implanta Seguridad, S.L., con CIF B92.766.427, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Parte dispositiva:
Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores
de la mercantil Implanta Seguridad, S.L., por insuficiencia de masa activa para el
pago de créditos contra la masa.
Acuerdo el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y de
disposición del concursado y el cese de la administración concursal.
Acuerdo la extinción de la persona jurídica concursada, ordenando la
cancelación de su inscripción en el registro mercantil, debiéndose emitir los
mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.
Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración
concursal. Esta aprobación no prejuzga la procedencia o improcedencia de la
acción de responsabilidad de los administradores concursales.
La conclusión del concurso produce los efectos regulados en los artículos 483
y siguientes del TRLC.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Este auto se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el
auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público Concursal y,
por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado.
Se acuerda el archivo del presente procedimiento
Así lo acuerda y firma D.ª Rocío Marina Coll, Magistrada-Juez titular del
Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga y su Partido.
Málaga, 23 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de
Justicia, Amelia María Puertas Fariña.
ID: A210014084-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-11737
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Doy fe.