II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Funcionarios de los Subgrupos A1 y A2. (BOE-A-2021-3660)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Martes 9 de marzo de 2021

Sec. II.B. Pág. 27392

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por
causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por
enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por
ello finalice la licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese, por necesidades del servicio,
de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a la que haya sido
destinado el funcionario o la funcionaria.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento, por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función
Pública podrá aplazar la fecha de cese hasta un máximo de tres meses, computada la
prórroga prevista en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, el Subsecretario del
Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario o la funcionaria, podrá
conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica
cambio de residencia, y así lo solicita el interesado por razones justificadas.
Undécima.

Destinos adjudicados.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de
toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso
deberá comunicarse por escrito al órgano convocante.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a un funcionario
o a una funcionaria en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin
perjuicio de la posibilidad prevista en el art. 23.2 del R.D. 365/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.
Se podrá adjudicar el puesto «a resultas», cuando quien lo ocupa con carácter
definitivo, obtenga otro puesto en este mismo concurso.
Duodécima.

Publicación de la resolución del concurso.

La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la misma
empezarán a contarse los plazos establecidos para que los Ministerios y Organismos
efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
Recursos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en
el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, o del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Autónoma donde tenga su domicilio, a elección del interesado, con arreglo a lo dispuesto
en los artículos 10.1.i) y 14.1.Segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 2 de marzo de 2021.–El Subsecretario de Ciencia e Innovación, P.D. (Orden
CIN/639/2020, de 6 de julio), el Director General del Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas, Carlos Alejaldre Losilla.

cve: BOE-A-2021-3660
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Decimotercera.