IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-11553)
OVIEDO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58
Martes 9 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 14694
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
11553
OVIEDO
Doña María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente
Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.° 467/
20 y NIG 33044 47 1 2020 0000864, siendo la concursada CONSTRUCCIONES
ANTILLES, S.L., se ha dictado Auto en fecha 2/03/21, que no es firme, en el que
se acuerda declarar el concurso voluntario de CONSTRUCCIONES ANTILLES,
S.L., con CIF: B-74107616, acordando al propio tiempo su conclusión por
insuficiencia de masa activa y la extinción de la persona jurídica concursada, no
obstante lo cual, quedará responsable del pago de los créditos existentes.
El referido Auto indica igualmente que contra dicha resolución cabe interponer
recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al
de su notificación.
Oviedo, 2 de marzo de 2021.- La Letrado de la Administración de Justicia,
María Amor Rodríguez Díaz.
cve: BOE-B-2021-11553
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210013921-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 58
Martes 9 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 14694
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
11553
OVIEDO
Doña María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente
Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.° 467/
20 y NIG 33044 47 1 2020 0000864, siendo la concursada CONSTRUCCIONES
ANTILLES, S.L., se ha dictado Auto en fecha 2/03/21, que no es firme, en el que
se acuerda declarar el concurso voluntario de CONSTRUCCIONES ANTILLES,
S.L., con CIF: B-74107616, acordando al propio tiempo su conclusión por
insuficiencia de masa activa y la extinción de la persona jurídica concursada, no
obstante lo cual, quedará responsable del pago de los créditos existentes.
El referido Auto indica igualmente que contra dicha resolución cabe interponer
recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al
de su notificación.
Oviedo, 2 de marzo de 2021.- La Letrado de la Administración de Justicia,
María Amor Rodríguez Díaz.
cve: BOE-B-2021-11553
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210013921-1
https://www.boe.es
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