IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-11505)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58
Martes 9 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 14644
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
11505
ALICANTE
Edicto
Don Arturo Hernández Beltrán, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramita bajo el número 444-12 Concurso de
Acreedores de las deudoras Cisternas Hurtrans, S.L., con CIF B-03902889, inscrita
en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 1.661, Folio 22, Hoja A-24575 y
de la deudora Tank Hurt, S.L., con CIF B-73109043, inscrita en el Registro
Mercantil de Murcia, al Tomo 1.737, Folio 35, Hoja MU-34.732, ambas domiciliadas
en la calle Perfecto Rico Mira, n.º 18, de Pinoso (Alicante), en cuyo seno se han
dictado el 19-02-21 dos autos declarando el archivo y conclusión por cumplimiento
del convenio de ambas concursadas aprobados por sentencias de fecha 17-07-14.
Asimismo se recoge en los autos:
"1.-Declarar la conclusión del concurso seguido en este Órgano Judicial con el
número 444/12 y el archivo de las actuaciones por ser firme el auto que declara el
cumplimiento del convenio en su día aprobado.
2.-Acordar asimismo el cese de las limitaciones de las facultades de
administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en
su caso, se contengan en el sentencia firme de calificación.
3.-Publicar el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que
se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro
Público Concursal en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de
la Ley Concursal.
Asimismo, en atención a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal,
expídanse mandamientos al:
Registro Mercantil de Alicante para la cancelación de las inscripciones
realizadas en el presente concurso correspondiente al concursado, de las
limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como
del cese de los administradores judiciales.
Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que
acredite su recibo.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma D/Dña. Leandro Blanco GarcíaLomas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante."
Y para que sirva de publicación en ese organismo expido el presente en
Alicante, 19 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia,
Arturo Hernández Beltrán.
ID: A210013954-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-11505
Verificable en https://www.boe.es
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.
Núm. 58
Martes 9 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 14644
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
11505
ALICANTE
Edicto
Don Arturo Hernández Beltrán, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramita bajo el número 444-12 Concurso de
Acreedores de las deudoras Cisternas Hurtrans, S.L., con CIF B-03902889, inscrita
en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 1.661, Folio 22, Hoja A-24575 y
de la deudora Tank Hurt, S.L., con CIF B-73109043, inscrita en el Registro
Mercantil de Murcia, al Tomo 1.737, Folio 35, Hoja MU-34.732, ambas domiciliadas
en la calle Perfecto Rico Mira, n.º 18, de Pinoso (Alicante), en cuyo seno se han
dictado el 19-02-21 dos autos declarando el archivo y conclusión por cumplimiento
del convenio de ambas concursadas aprobados por sentencias de fecha 17-07-14.
Asimismo se recoge en los autos:
"1.-Declarar la conclusión del concurso seguido en este Órgano Judicial con el
número 444/12 y el archivo de las actuaciones por ser firme el auto que declara el
cumplimiento del convenio en su día aprobado.
2.-Acordar asimismo el cese de las limitaciones de las facultades de
administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en
su caso, se contengan en el sentencia firme de calificación.
3.-Publicar el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que
se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro
Público Concursal en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de
la Ley Concursal.
Asimismo, en atención a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal,
expídanse mandamientos al:
Registro Mercantil de Alicante para la cancelación de las inscripciones
realizadas en el presente concurso correspondiente al concursado, de las
limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como
del cese de los administradores judiciales.
Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que
acredite su recibo.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma D/Dña. Leandro Blanco GarcíaLomas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante."
Y para que sirva de publicación en ese organismo expido el presente en
Alicante, 19 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia,
Arturo Hernández Beltrán.
ID: A210013954-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-11505
Verificable en https://www.boe.es
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.