IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-11108)
DÉNIA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57
Lunes 8 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 14180
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
11108
DÉNIA
Edicto
Doña Marta Moreno Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia número 3 de Dénia (Alicante/Alacant), de
conformidad con lo previsto en los artículos 33 y 35 del Texto Refundido de la Ley
Concursal, por el presente
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado
1567/2019, habiéndose dictado en fecha trece de enero de dos mil veinte por el
Ilustrísimo Señor Magistrado-Juez Javier Alba Marín, auto de declaración de
concurso voluntario de acreedores de don Antonio Víctor Alen Rodríguez y doña
Yamilet del Rosal González Díaz, de nacionalidad española, con documentos de
identidad números 53.191.725 Q y 48.789.935 N, respectivamente, y domicilio en
calle Marqués de Campo, número 42, planta 6.ª, puerta 11, de Denia.
Que se ha acordado la suspensión de las funciones de disposición y
administración de las personas concursadas, que quedarán sometidas a la
autorización o conformidad de la administración concursal designada.
Se ha nombrado administrador concursal a Don Manuel Villena Bedmar. La
persona designada tiene domicilio profesional en avenida Padre Esplá, número 44,
de Alicante y dirección de correo-electrónico habilitada para el expediente de
acuerdo extrajudicial de pagos: gvillena@villena-neco.com.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general
llamamiento de los acreedores de los concursados a fin de que en el plazo de un
mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado, puedan
comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y
ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de
la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma
en el procedimiento concursal será necesario abogado/a y procurador/a.
Y para que se proceda a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del
Estado y en el Registro Público de Resoluciones Concursales, extiendo el
presente.
Denia, 3 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Marta
Moreno Rodríguez.
cve: BOE-B-2021-11108
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210013231-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 57
Lunes 8 de marzo de 2021
Sec. IV. Pág. 14180
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
11108
DÉNIA
Edicto
Doña Marta Moreno Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia número 3 de Dénia (Alicante/Alacant), de
conformidad con lo previsto en los artículos 33 y 35 del Texto Refundido de la Ley
Concursal, por el presente
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado
1567/2019, habiéndose dictado en fecha trece de enero de dos mil veinte por el
Ilustrísimo Señor Magistrado-Juez Javier Alba Marín, auto de declaración de
concurso voluntario de acreedores de don Antonio Víctor Alen Rodríguez y doña
Yamilet del Rosal González Díaz, de nacionalidad española, con documentos de
identidad números 53.191.725 Q y 48.789.935 N, respectivamente, y domicilio en
calle Marqués de Campo, número 42, planta 6.ª, puerta 11, de Denia.
Que se ha acordado la suspensión de las funciones de disposición y
administración de las personas concursadas, que quedarán sometidas a la
autorización o conformidad de la administración concursal designada.
Se ha nombrado administrador concursal a Don Manuel Villena Bedmar. La
persona designada tiene domicilio profesional en avenida Padre Esplá, número 44,
de Alicante y dirección de correo-electrónico habilitada para el expediente de
acuerdo extrajudicial de pagos: gvillena@villena-neco.com.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general
llamamiento de los acreedores de los concursados a fin de que en el plazo de un
mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado, puedan
comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y
ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de
la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma
en el procedimiento concursal será necesario abogado/a y procurador/a.
Y para que se proceda a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del
Estado y en el Registro Público de Resoluciones Concursales, extiendo el
presente.
Denia, 3 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Marta
Moreno Rodríguez.
cve: BOE-B-2021-11108
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210013231-1
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