III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-3469)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se publica el Convenio con la Universidad de A Coruña, para la utilización de la "Gestión Integrada de servicios de Registro" como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55
Viernes 5 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26144
ANEXO I
Determinación de la contribución anual al mantenimiento del Servicio
La contribución anual al mantenimiento de la sostenibilidad funcional y técnica de la
aplicación GEISER se establece en función de los siguientes criterios de uso y, teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala
la imposibilidad de que la aportación económica supere los gastos derivados de la
ejecución del convenio. Así se determinará, en función del número de asientos
registrales en oficinas de registro estimado (N):
– Si N < 20.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 5.000 euros.
– Si 20.000 ≤ N < 250.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 12.500
euros.
– Si 250.000 ≤ N < 1.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 20.000
euros.
– Si 1.000.000 ≤ N < 2.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del
servicio durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será
30.000 euros.
– Si 2.000.000 ≤ N la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas será de 50.000 euros.
Para la determinación de la contribución económica se entenderá N referido al
periodo de vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas, con
independencia de las anualidades que comprenda.
El número N representa todos los asientos registrales de entrada y salida que se
realicen en GEISER desde la fecha en la que el Convenio comience a surtir efectos hasta
la fecha de finalización del mismo. No se contabilizarán los asientos registrales que se
realicen a través de los servicios web de GEISER (REGECO) sin documentación adjunta.
ANEXO II
Estimación de uso
Don Julio Ernesto Abalde Alonso, como Rector Magnífico de la Universidade da
Coruña, declara que durante el ejercicio 2019 el número de asientos registrales de
entrada y salida que fueron realizados conjuntamente en las oficinas de registro que se
incorporarán a la aplicación GEISER en las condiciones del presente Convenio, asciende
a un total de 47.638 asientos registrales.
Para el periodo anual inicial de vigencia del Convenio, se estima un total de 49.567
asientos registrales.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada
anualidad de vigencia del convenio, los compromisos financieros asumidos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
cve: BOE-A-2021-3469
Verificable en https://www.boe.es
Fdo: D. Julio Ernesto Abalde Alonso
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 55
Viernes 5 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26144
ANEXO I
Determinación de la contribución anual al mantenimiento del Servicio
La contribución anual al mantenimiento de la sostenibilidad funcional y técnica de la
aplicación GEISER se establece en función de los siguientes criterios de uso y, teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala
la imposibilidad de que la aportación económica supere los gastos derivados de la
ejecución del convenio. Así se determinará, en función del número de asientos
registrales en oficinas de registro estimado (N):
– Si N < 20.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 5.000 euros.
– Si 20.000 ≤ N < 250.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 12.500
euros.
– Si 250.000 ≤ N < 1.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 20.000
euros.
– Si 1.000.000 ≤ N < 2.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del
servicio durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será
30.000 euros.
– Si 2.000.000 ≤ N la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas será de 50.000 euros.
Para la determinación de la contribución económica se entenderá N referido al
periodo de vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas, con
independencia de las anualidades que comprenda.
El número N representa todos los asientos registrales de entrada y salida que se
realicen en GEISER desde la fecha en la que el Convenio comience a surtir efectos hasta
la fecha de finalización del mismo. No se contabilizarán los asientos registrales que se
realicen a través de los servicios web de GEISER (REGECO) sin documentación adjunta.
ANEXO II
Estimación de uso
Don Julio Ernesto Abalde Alonso, como Rector Magnífico de la Universidade da
Coruña, declara que durante el ejercicio 2019 el número de asientos registrales de
entrada y salida que fueron realizados conjuntamente en las oficinas de registro que se
incorporarán a la aplicación GEISER en las condiciones del presente Convenio, asciende
a un total de 47.638 asientos registrales.
Para el periodo anual inicial de vigencia del Convenio, se estima un total de 49.567
asientos registrales.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada
anualidad de vigencia del convenio, los compromisos financieros asumidos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
cve: BOE-A-2021-3469
Verificable en https://www.boe.es
Fdo: D. Julio Ernesto Abalde Alonso
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X