III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-3451)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Xinzo de Limia, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de "Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al Monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 5 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26063
otra parte del convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones ya
ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido al
referido incumplimiento.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
e) Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este convenio, deberán formalizarse mediante la
suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y
condiciones exigidos para la aprobación del inicial.
Tercera. Descripción de las actuaciones.
El objeto de las actuaciones a desarrollar en el convenio es el aumento del
conocimiento necesario para asegurar la protección de las estructuras relacionadas con
el agua en el entorno del Monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia),
proponiendo las actuaciones materiales concretas para ello.
Con esta información se generará un proyecto de intervención, de acuerdo con los
criterios de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia, para
llevar a cabo a cabo las actuaciones de consolidación de las fábricas del monasterio y
sus obras accesorias que se consideren óptimas, entre las que destacan las
relacionadas con el suministro de agua.
Cuarta. Coste de las actuaciones y financiación relativa a la ejecución de las obras e
instalaciones.
1. La inversión total para la ejecución de las obras y se ha estimado en 350.000 €,
Impuesto del Valor Añadido Incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 23.108.452A.610, código de superproyecto 2015 23 108 8001, código de
proyecto 2020 23 108 0002 del presupuesto de gastos del Organismo de cuenca, de
conformidad con la siguiente fórmula:
– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. aportará 280.000 € del coste
inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 80% de la inversión.
– El Ayuntamiento de Xinzo de Limia aportará 70.000 € del coste inicialmente
previsto con cargo a su aplicación presupuestaria 153/61900, lo que supone un
porcentaje del 20% de la inversión.
3. Con cargo al importe previsto en el apartado primero, la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. afrontará tanto el coste de ejecución de la obra, dirección
y vigilancia de la misma, además de los gastos correspondientes a las medidas de
seguridad y salud. Los valores estimados para cada uno de estos conceptos, Impuesto
sobre el Valor Añadido Incluido, son los siguientes:
– Prospección arqueológica y tramitación ante la Dirección Xeral de Patrimonio
Cultural: 10.000 €.
– Asistencia técnica para la redacción del proyecto: 15.000 €.
– Contrato de obras, incluyendo medidas de seguridad y salud: 315.000 €.
cve: BOE-A-2021-3451
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 55
Viernes 5 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26063
otra parte del convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones ya
ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido al
referido incumplimiento.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
e) Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este convenio, deberán formalizarse mediante la
suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y
condiciones exigidos para la aprobación del inicial.
Tercera. Descripción de las actuaciones.
El objeto de las actuaciones a desarrollar en el convenio es el aumento del
conocimiento necesario para asegurar la protección de las estructuras relacionadas con
el agua en el entorno del Monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia),
proponiendo las actuaciones materiales concretas para ello.
Con esta información se generará un proyecto de intervención, de acuerdo con los
criterios de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia, para
llevar a cabo a cabo las actuaciones de consolidación de las fábricas del monasterio y
sus obras accesorias que se consideren óptimas, entre las que destacan las
relacionadas con el suministro de agua.
Cuarta. Coste de las actuaciones y financiación relativa a la ejecución de las obras e
instalaciones.
1. La inversión total para la ejecución de las obras y se ha estimado en 350.000 €,
Impuesto del Valor Añadido Incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 23.108.452A.610, código de superproyecto 2015 23 108 8001, código de
proyecto 2020 23 108 0002 del presupuesto de gastos del Organismo de cuenca, de
conformidad con la siguiente fórmula:
– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. aportará 280.000 € del coste
inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 80% de la inversión.
– El Ayuntamiento de Xinzo de Limia aportará 70.000 € del coste inicialmente
previsto con cargo a su aplicación presupuestaria 153/61900, lo que supone un
porcentaje del 20% de la inversión.
3. Con cargo al importe previsto en el apartado primero, la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. afrontará tanto el coste de ejecución de la obra, dirección
y vigilancia de la misma, además de los gastos correspondientes a las medidas de
seguridad y salud. Los valores estimados para cada uno de estos conceptos, Impuesto
sobre el Valor Añadido Incluido, son los siguientes:
– Prospección arqueológica y tramitación ante la Dirección Xeral de Patrimonio
Cultural: 10.000 €.
– Asistencia técnica para la redacción del proyecto: 15.000 €.
– Contrato de obras, incluyendo medidas de seguridad y salud: 315.000 €.
cve: BOE-A-2021-3451
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 55